Reconocen como veterano de guerra a un suboficial que no estuvo en Malvinas

La Cámara Federal de la Seguridad Social reconoció como veterano de guerra a un suboficial que prestó apoyo desde la Base Aérea de Río Grande durante el conflicto de Malvinas. Pese a no haber combatido en el frente ni pisado las islas, se le otorgó el derecho a percibir la pensión honorífica.

BUENOS AIRES (Diariojudicial.com).-  Por mayoría, la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó una sentencia de primera instancia y reconoció la condición de veterano de guerra a un suboficial retirado.

El Tribunal entendió que, aunque su destino no fue el teatro de operaciones directo -ni Malvinas ni el Atlántico Sur- su tarea de apoyo desde territorio continental durante el conflicto bélico de 1982 justifica el acceso a la pensión prevista por la Ley 23.848.

La decisión se sustenta en la jurisprudencia de la Corte Suprema, especialmente en el precedente “Gerez”, que permitió flexibilizar el análisis del requisito de “haber entrado efectivamente en combate”.

En ese fallo se consideró que la colaboración activa en operaciones militares desde fuera del frente podía ameritar el mismo reconocimiento: “…la Corte Suprema de la Justicia de la Nación dispuso que “a fin de ser considerado veterano de guerra, la norma específica- en el caso, la ley 24.892- requiere haber cumplido funciones entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el Teatro de Operaciones de Malvinas (TOM) o bien en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), aunque en este último caso se exige, además, haber entrado efectivamente en combate.”

En el caso, la Fuerza Aérea confirmó que prestó funciones en la Base Aérea Militar Río Grande, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, período del conflicto. También se acreditó que recibió el “Distintivo de Campaña” y fue condecorado por el Congreso Nacional mediante la Ley 23.118. Sin embargo, su destino no estaba dentro del TOM (Teatro de Operaciones Malvinas) ni del TOAS (Teatro de Operaciones del Atlántico Sur), y no participó directamente en acciones bélicas.

La jueza Nora Dorado, con el voto concurrente de Walter Carnota, valoró que la tarea logística y de apoyo puede ser tan determinante como la participación directa. Afirmaron que el reconocimiento otorgado a civiles en similares condiciones por el propio Estado justifica una interpretación inclusiva, para evitar “una discriminación arbitraria”: “…no se puede considerar que la función desempeñada por el actor, si bien no consistió en combatir al enemigo cuerpo a cuerpo, como ocurrió en otros casos dentro del TOM, no se puede afirmar que la labor desarrollada fue menos importante, trascendente o necesaria militarmente ya que la logística de aprovisionamiento de armamento es imprescindible para el combate y eventualmente distinta dependiendo de la fuerza de revista”.

La decisión se sustenta en la jurisprudencia de la Corte Suprema, especialmente en el precedente “Gerez”.

El juez Juan Fantini, en disidencia, sostuvo que no se acreditaron los requisitos legales y que no existió una acción bélica efectiva que justifique la concesión de la pensión. Subrayó que las normas vigentes exigen haber combatido o haber estado destinado en las zonas directamente involucradas, y cuestionó que se equiparen funciones logísticas en la retaguardia con la participación directa en combate.

Consecuentemente, por mayoría, la cámara ordenó a la Fuerza Aérea extender el certificado de veterano de guerra al actor dentro de un plazo de 45 días, habilitándolo así a tramitar los beneficios económicos y simbólicos establecidos por la normativa. Además, se impusieron las costas del proceso a la demandada.

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