Beneficios para prestadores de discapacidad

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el régimen de regularización de deudas para los prestadores de discapacidad, mediante la Resolución General 5828/2026 publicada este lunes en el Boletín Oficial.

BUENOS AIRES (NA).- El régimen permite regularizar deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 31 de diciembre de 2025, con beneficios que incluyen la condonación de hasta el 100% de intereses y multas.

El nuevo esquema normativo no contempla las deudas referidas a aportes y contribuciones a Obras Sociales, cuotas de ART, aportes de Servicio Doméstico y Monotributo, y Seguro de Vida Obligatorio, entre otras.

Los prestadores deben estar comprendidos en la Ley N° 24.901 y aparecer en la nómina que la Secretaría Nacional de Discapacidad enviará a ARCA para poder acceder al régimen. Una vez habilitados, los sujetos serán identificados en el sistema con el código “640 – Emergencia Nacional en Discapacidad”.

Adhiriendo hasta el 16 de junio de 2026 hay una condonación del 100% de los intereses.
Desde el 17 de junio hasta el 17 de septiembre de 2026, la condonación es del 50%.

El trámite se realiza íntegramente de forma digital a través del servicio “Mis Facilidades”, opción “Ley N° 27.793 – Emergencia Nacional en Discapacidad”. Se requiere poseer Domicilio Fiscal Electrónico y una CBU declarada para el débito automático de las cuotas.

La caducidad de los planes de facilidades de pago operará de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervención alguna por parte de ARCA, ante la falta de pago de dos cuotas (consecutivas o alternadas) a los 60 días de vencida la segunda, o de una cuota a los 60 días del vencimiento de la última del plan.

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