Una jueza ordenó legislar sobre un régimen previsional para aquellos condenados que cobran el peculio

USHUAIA.- La jueza Felicitas Maiztegui Marcó, quien subroga el Juzgado de Ejecución del distrito judicial sur, solicitó al Gobierno que “cese la retención del peculio en concepto de aporte jubilatorio” a los internos que cumplen condena y, a su vez, que tanto el Ejecutivo como el Legislativo, procedan a crear una normativa para un régimen previsional, del cual carece Tierra del Fuego.

En su resolución, la Magistrada solicitó a los Poderes Ejecutivo y Legislativo que en el lapso de 90 días “den solución a la temática, mediante la elaboración de legislación adecuada para cumplimentar lo dispuesto por la Constitución Provincial, la Ley 24.660 y las convenciones internacionales aplicables en la materia”.

La medida judicial surgió de una presentación que hizo el interno Miguel Angel Sánchez, porque todos los meses se le descontaban de su peculio, que supera los 4700 pesos, la suma de 297 pesos por jubilación y 81 pesos por cobertura social; explicando que él no es beneficiario de la ex IPAUSS.

De acuerdo a lo que dice la resolución, la Jueza pudo advertir que “se realiza descuento en concepto de aporte previsional a cada interno que percibe peculio; a su vez, que los importes son puestos en un plazo fijo y que el IPAUSS no tiene registrado a ningún interno de la población carcelaria como beneficiario”.

La doctora Maiztegui Marcó resolvió poner fin a la cuestión al advertir que “hace al menos diez años que el Estado Provincial retiene del peculio de cada interno un porcentaje destinado a la jubilación pero no ha cumplido con lo exigido por la Ley 24660”.
Vía incorrecta

En su escrito, la Jueza sostiene que distintos internos han planteado vía habeas corpus (rechazado porque no es la vía procesal a tal fin), que los descuentos que se les realiza para afectar a una jubilación, no se cumple, no están dados de alta en el IPAUSS, precisamente porque no se encuentra creado en la jurisdicción un sistema especifico.

Cabe indicar que en la resolución, la Magistrada ordenó a la Secretaría de Hacienda que los importes originados en la cuentas plazos fijos 28355 y 28356 (sistema previsional y obra social) “deberán mantenerse incólumes generando intereses hasta tanto se resuelva el destino de dichos fondos”.