El Poder Ejecutivo eliminó restricciones fiscales históricas. La medida beneficia directamente a las empresas radicadas en el Área Aduanera Especial, que están adheridas al renovado régimen de promoción establecido por el decreto 727/2021.
USHUAIA.- Mediante el decreto 535/2025 el Poder Ejecutivo eliminó restricciones fiscales históricas que limitaban la competitividad del régimen industrial fueguino en el mercado nacional.

La medida beneficia directamente a las empresas radicadas en el Área Aduanera Especial de la isla, que están adheridas al renovado régimen de promoción establecido por el decreto 727/2021.
¿Qué cambia con el Decreto 535/2025?
Durante décadas, dos decretos heredados del viejo modelo (el 1139/88 y el 1395/94) distorsionaron la lógica del régimen fueguino, al imponer cargas fiscales adicionales a las empresas cuando comercializaban sus productos en el Territorio Continental Nacional. Esto provocaba una desventaja competitiva injusta frente a los productos fabricados fuera de la isla.
El nuevo decreto establece los siguientes puntos:
-Se elimina la aplicación del IVA adicional en ventas al continente.
-Se suspenden restricciones en el Impuesto a las Ganancias que impedían descontar beneficios cuando se vendía a consumidores finales, empresas vinculadas o a través de intermediarios.
-Se garantiza la plena vigencia de los beneficios fiscales previstos en la Ley 19.640 para quienes produzcan efectivamente en la isla y acrediten el origen fueguino.
-Las restricciones eliminadas respondían a un contexto económico que ya no existe.
Según explicaron desde el Gobierno, esta medida no solo fortalece la industria fueguina, sino que amplía la oferta de productos nacionales en todo el país, beneficiando a consumidores, generando trabajo genuino y potenciando el arraigo poblacional en un territorio estratégico para la soberanía argentina.
El nuevo esquema aplica a empresas industriales radicadas en Tierra del Fuego:
-Que tengan proyectos adheridos al decreto 727/2021.
-Que puedan acreditar el origen fueguino de sus productos, conforme a la Ley 19.640.
El cambio ya está en vigencia, y se aplica:
Para IVA: desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial.
Para Ganancias: desde el primer ejercicio fiscal posterior a esa fecha.
Mediante un comunicado, desde La Libertad Avanza, aseguraron que “con este decreto el Gobierno devuelve al régimen fueguino su razón de ser: promover el desarrollo productivo, con libertad económica y reglas estables”.
“Se trata de un paso clave para liberar las fuerzas productivas del sur del país y dar impulso a la economía real, sin clientelismo ni privilegios, sino con reglas claras y previsibilidad”.
“En tiempos en que el esfuerzo privado vuelve a ser el motor del crecimiento, Tierra del Fuego tiene una oportunidad histórica para posicionarse como un verdadero polo industrial”, cierra el comunicado.