Río Grande apelará el fallo que anula una multa a Uber

Sin perjuicio de las posturas adoptadas por el Concejo Deliberante de la ciudad y el Juzgado de Faltas respecto a la obligación de regularizar el servicio, el Municipio anunció que apelará dicha sentencia que anula la multa impuesta por el Tribunal Administrativo Municipal de Faltas.

RÍO GRANDE.- La Asesoría Letrada del Municipio de Río Grande informó que el último jueves 22 de febrero recibió la notificación del fallo judicial que establece la inconstitucionalidad de las multas realizadas a quienes prestan el servicio de Uber.

“Si bien este fallo data del 15 de diciembre de 2023, el Municipio, por orden del juzgado interviniente, fue notificado formalmente la semana pasada, por lo que presentará la apelación correspondiente”, anunciaron las autoridades públicamente.

El año pasado el juez en lo Correccional Pedro Fernández declaró inconstitucional la Ordenanza 3548 que regula la actividad del servicio de transporte público y privado en esta ciudad, con lo cual dejó abierto el funcionamiento de Uber.

La norma rige desde el 2016, y en su artículo primero prohíbe la prestación de servicio de transporte público y privado urbano de pasajeros bajo modalidad que implique la utilización de programas o sistemas informáticos, redes sociales, aplicaciones de aparatos de telefonía celular y publicidad televisiva, escrita o radial.

El juez Fernández también declaró inconstitucional los articulados donde está prevista la aplicación de las multas; el secuestro del vehículo y la suspensión de la licencia de conducir. También lo hace en aquel artículo donde se excluye del registro de aspirantes a taxistas o remiseros a quienes infrinjan la ordenanza.

El Magistrado intervino en un recurso que interpuso un chofer de Uber a quien le aplicaron una multa. En la resolución judicial lo declararon “no responsable de la infracción imputada Unidad no Habilitada”.

Cabe recordar que este fallo sólo es de aplicación para el caso concreto, es decir, sólo anuló la multa impuesta al reclamante y no el resto de las infracciones labradas a quien realiza transporte de personas sin poseer licencia de taxi o remis.

No obstante, en la resolución, el Juez exhortó al Concejo Deliberante para que en “plazo razonable establezca la reglamentación para el funcionamiento de transporte privado de pasajeros mediante plataformas digitales”.

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