Por ley es obligatorio el uso del mapa que muestra al sector antártico en su real dimensión

El Ejecutivo provincial promulgó la ley 1239 por la cual se declara obligatorio el uso del mapa bicontinental, el cual muestra al sector antártico argentino en su real escala. Se trata de un nuevo paso en la reafirmación de soberanía en Malvinas y el Atlántico Sur. Será retirada toda cartografía que no respete lo que obliga la nueva normativa.

El mapa bicontinental: Su uso es obligatorio por ley 1239.

USHUAIA.- En Tierra del Fuego ya es obligatorio por ley el uso del mapa bicontinental, el cual muestra en su verdadera dimensión los límites provinciales, ya que muestra al sector antártico argentino en su real proporción en relación al sector continental. Esta decisión del Gobierno es un nuevo paso en la reafirmación de la soberanía en Malvinas las islas del Atlántico Sur.

En la ley 1239 promulgada por decreto 2523/18, se deroga la ley 408, que estaba vigente desde el año 1998, y por el cual se obligaba a incluir al sector Antártico y a las Islas Malvinas, Sandwich del Sur y Georgias en toda cartografía referida a la provincia de Tierra del Fuego.

La normativa obliga en todo el ámbito de la provincia el uso, en todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial, como así también su exhibición pública en todos los organismos provinciales y actividades culturales, el Mapa Bicontinental.

La nueva cartografía fue establecida por la ley nacional 26.651, en base al trabajo que realizo el ex Instituto Geográfico Militar (IGM), el que actualmente se denomina Instituto Geográfico Nacional.

Objetivos

La ley 1239, en su artículo primero enumera los objetivos permanentes e irrenunciables de la provincia de Tierra del Fuego los siguientes:

-El reconocimiento de la República Argentina como país bicontinental.

-El reconocimiento de la Provincia de Tierra del fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur como provincia bicontinental.

-La difusión y enseñanza del carácter de la República Argentina como país bicontinental y de la provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur como provincia bicontinental.

-La difusión y enseñanza de los derechos de soberanía sobre el sector antártico argentino y fueguino, así como los intereses y la actividad antártica de la República Argentina.

-La difusión y enseñanza de las actividades de investigación científica, la logística a ella asociada y la protección del ambiente que se llevan a cabo en el sector Antártico Argentino;

La difusión y enseñanza de la cuestión Malvinas, con un abordaje articulado de las dimensiones histórica, geográfica, económica, política, militar e identitaria.

-La difusión y enseñanza sobre aspectos de la convención del mar (Convemar) y la presentación argentina en cuanto al límite exterior de la Nación argentina, efectuada por la comisión Nacional de Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA).

En la normativa se establece que serán la Secretaría de Asuntos Relativos a la Antártida y el Ministerio de Educación, los que deben articular acciones necesarias para la inclusión de los objetivos señalados, en la currícula escolar provincial e instrumentar la realización de campañas de concientización ciudadana sobre la trascendencia histórica política, científica y geográfica de dichos objetivos.

La nueva ley establece además la obligatoriedad de proceder a retirar toda cartografía que no refleje la condición de país bicontinental o, en su defecto, provincial bicontinental.

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