Permiten ampliar la venta ambulante en Río Grande

“La situación socio-económica hace que sea imprescindible crear nuevas fuentes de ingresos para los contribuyentes”, explica la ordenanza municipal N°3567, favoreciendo así que la venta ambulante sume productos que, hasta ahora, no estaban permitidos por una ordenanza de 1993.
RIO GRANDE.- A partir de la sanción de la ordenanza N°3567, la venta ambulante suma nuevas posibilidades a raíz de la situación económica que muchas familias de la ciudad atraviesan, y así lo expresa la normativa. “La situación socio–económica hace que sea imprescindible crear nuevas fuentes de ingresos para los contribuyentes”, señala la ordenanza, publicada en Boletín Oficial del Municipio.

De este modo, la nueva normativa modificó la ordenanza N°280 de 1986 (donde se establecía las actividades habilitadas para la venta ambulante) y derogó en su totalidad la ordenanza N°647 de 1993, que ponía límites a la primera.

Para llevar adelante esta modificación, se consideró que estas ordenanzas generaban diversas confusiones al momento de habilitar o no la venta ambulante de diferentes productos, y con ello restringían el derecho al trabajo, como lo indican en la nueva medida.

De este modo, se plantea la “necesidad de contar con una normativa clara y amplía”, remarcando además que el Municipio “a través de sus organismos competentes, es el único facultado para el otorgamiento de habilitaciones”, y que “estas deben estar previamente contempladas en la norma”.

“Este cuerpo de concejales debemos dictar una norma clara y precisa sobre los artículos que se puedan comercializar en la vía pública”, indica la iniciativa.

De ahora en adelante, con la habilitación correspondiente, se podrán comercializar sándwiches; helados; productos de panificación y confitería; pochoclo, garrapiñada, galletitas y golosinas; agua mineral con o sin gas; gaseosas, jugos de frutas y chocolatada; café, té y yerba mate; cubanitos rellenos; libros; bijouterie; fotógrafo sin local comercial; gorras; banderines; insignias; artículos de santería. (Cuadros, imágenes) así como regalos y souvenirs.

La normativa favorece a que la venta ambulante sume productos que, hasta ahora, no estaban permitidos por una ordenanza de 1993.
La normativa favorece a que la venta ambulante sume productos que, hasta ahora, no estaban permitidos por una ordenanza de 1993.