Opinión del Fiscal de Estado sobre el radar inglés

En un dictamen que se conoció en el día de ayer, Virgilio Martínez de Sucre descartó responsabilidad a los funcionarios provinciales que intervinieron en la habilitación del radar inglés y cargó la mayor competencia a la Subsecretaría de Telecomunicaciones y Conectividad de la Nación que otorgó el permiso precario.

USHUAIA.- La Fiscalía de Estado de la Provincia emitió ayer el dictamen 23/23 sobre una investigación iniciada para determinar la legalidad de las actuaciones vinculadas a la instalación de un radar en la localidad de Tolhuin de una firma multinacional, como así también la regularidad de las conductas asumidas por los funcionarios y agentes intervinientes.

La investigación se realizó en base a la documentación aportada por el senador Pablo Blanco y por el Concejo Deliberante de Río Grande, que mediante comunicación 5/23 también requirió intervención de la Fiscalía junto con la conformación de una comisión investigadora.

Previo a emitir su opinión, el fiscal Virgilio Martínez de Sucre hizo un extenso detalle de los trámites realizados por LeoLabs a fin de habilitar su radar en la estancia El Relincho y los avatares mediáticos que se sucedieron luego de la intervención del Ministerio de Defensa y que culminaron con la revocación del permiso de la Subsecretaría de Telecomunicaciones y Conectividad de la Nación, que obró sin dar aviso a esa cartera, ni a Cancillería.

Los trámites realizados por LeoLabs en la provincia fueron: la constitución de una persona jurídica, la certificación de una actividad industrial y la provisión de energía eléctrica. Además se detectó la emisión de una solicitud de la Administración Provincial a la Aduana con el fin de exceptuar a la empresa del requisito de residencia para la realización de operaciones de importación y una inscripción en la AREF.

“Si bien no oculto mi convencimiento acerca de que los funcionarios actuantes podrían haber mostrado mayores recelos respecto del objeto de la persona jurídica cuya inscripción se incoaba, lo cierto es que en la documentación societaria no había elementos que pudieran hacer suponer de antemano a un lego en la materia, el uso cívico militar de las instalaciones que en el futuro se construirían”, dijo el Fiscal.

En cuanto a la habilitación ambiental y energética, cuando ya se conocía cuál sería la actividad del radar, el Fiscal opinó que “los funcionarios intervinientes no estaban especializados en asuntos castrenses ni de telecomunicaciones, por lo que no estaban en condiciones de determinar posibles amenazas a la seguridad nacional”.

Además agregó que “la normativa aplicable a estos organismos, no supedita la inscripción de sociedades ni la certificación ambiental local, ni el alta de suministro eléctrico de empresas que hayan declarado como actividad la construcción de radares u operatoria aeroespacial, a la opinión previa del organismo encargado de la defensa, con lo cual uno de los principales requisitos para endilgar responsabilidad administrativa, se encuentra ausente”.

“Por otro lado, el hecho de que los capitales que conforman una sociedad sean en parte de origen británico, no constituye un elemento que nuestro ordenamiento jurídico tenga en cuenta para fijar un procedimiento especial de consulta al Ministerio de Relaciones Exteriores o al Ministerio de Defensa como sería deseable, al menos, en nuestra provincia”, consideró.

En este sentido, admitió que “la ausencia en la actualidad de un mandato legal suficientemente claro y concreto en la materia que obligue a requerir intervención de una autoridad nacional como el Ministerio de Defensa o el de Relaciones Exteriores, previo a la aprobación de un proyecto de capitales británicos, conspira contra la posibilidad de responsabilizar desde el plano normativo a los agentes de la provincia”.

Desinteligencias

En cuanto a posibles sospechas respecto a la aceleración de plazos procedimentales a favor de la empresa, “desde lo formal, los trámites no lucen precipitados y en todo caso, uno de los plazos más breves corresponde a los últimos pasos en la obtención del permiso precario por parte de la Subsecretaría de Telecomunicaciones y Conectividad de la Nación”, advirtió el funcionario.

Para el Fiscal “las habilitaciones extendidas a este nivel carecen de aptitud para desplazar la centralidad que cobra la autorización precaria de la Subsecretaría de Telecomunicaciones y conectividad de la Nación, sin la cual no era posible para la firma, ingresar en la etapa de calibración y ensayos que permitiría su posterior registración en el ENACOM”.

Además sostuvo que, “en este contexto, ante la presencia de capitales o actividades que puedan ser consideradas amenazas a la seguridad nacional, si las autoridades federales no son capaces de detectarlas, los agentes de los gobiernos locales carecen aún más, si se quiere, de formación suficiente para compensar dichas desinteligencias”.

A modo de recomendación, Martínez de Sucre destacó “la necesidad de revisar el ordenamiento jurídico relativo a las relaciones con el Reino Unido en todos sus aspectos” y de “exigir a todos los agentes del Estado provincial una particular atención y prudencia respecto de todo lo que pudiera tener repercusiones en torno al reclamo de nuestra soberanía”.

“Es claro que, el pedido de explicaciones que hoy hace la sociedad responde a un mandato moral ineludible que debe ser atendido en el plano local”, dijo el Fiscal. Además coincidió con el ministro Jorge Taiana respecto de que, “cuando pudieran verificarse supuestos en el que las peticiones o acciones efectuadas por particulares de cualquier bandera aborden materias sensibles a los intereses territoriales de la provincia se debe considerar necesaria la expresa conformidad de la autoridad nacional respectiva, que descarte expresamente cualquier tipo de vulneración a su seguridad”.

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