Moratoria para pymes y monotributistas

El ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, anunciaron la moratoria fiscal para aliviar el endeudamiento de un millón de Monotributistas y Pymes.

BUENOS AIRES (NA).- El Gobierno anunció la moratoria fiscal para aliviar el endeudamiento de un millón de Monotributistas y Pymes, que incluirá una quita de hasta el 42% de intereses, una condonación total de multas y planes de pago de hasta diez años por 400 mil millones de pesos.

El beneficio se pondrá en vigencia desde el 17 de febrero al 30 de abril, con un plan de 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras, con “60 cuotas para aportes y retenciones”.

La tasa será del 3 por ciento mensual fija por un año, y a partir de ese momento será variable.

El anuncio fue realizado por la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont y el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, durante una conferencia que ambos ofrecieron en la Casa Rosada, tras reunirse con el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.

El único requisito para entrar en la moratoria será contar con el certificado “MiPyME” que otorga el Ministerio de Desarrollo, que podrá obtenerse hasta el 30 de abril.

Además, está previsto que los beneficiarios puedan “incluir deuda hasta el 30 de noviembre de 2019”.

Puntos principales

La moratoria tendrá las siguientes condiciones y beneficios:

-Será posible acceder entre el 17 de febrero y el 30 de abril.

-Hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras (hasta 60 cuotas para aportes y retenciones).

-Condonación parcial de intereses y total de multas.

-Tasa del 3% mensual fija por un año y a partir de ese momento, una tasa variable.

-Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP para restarlo de la deuda. Permite reformular todos los planes de facilidades de pagos vigentes o caducos en una sola cuota (los beneficios para los contribuyentes serán menores que el resto de las empresas).

-Se puede incluir deuda vencida hasta el 30 de noviembre de 2019 — Levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal.

-Es necesario contar con el Certificado Mipyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo: este documento puede obtenerse hasta el 30 de abril.

El ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.