La Caja de Jubilaciones comenzó a aplicar la movilidad automática

El directorio emitió las resoluciones en base a la reglamentación aprobada por el Gobierno en el mes de octubre.

USHUAIA.- Por unanimidad, el directorio de la Caja de Previsión Social (CPSPTF) comenzó a materializar las resoluciones aplicando la movilidad automática en algunos escalafones de la administración pública, tomando en cuenta los informes de las variaciones salariales que surgieron tras los acuerdos de aumentos ratificados por el Ejecutivo Provincial.

El pasado 5 de octubre el Gobierno emitió el decreto 1347/2020 reglamentarios de los artículos que definen las pautas para el cálculo de la movilidad del régimen previsional, en función de lo que dice la nueva ley 1285, donde se establece que el haber de los beneficiarios será móvil.

“La movilidad se aplicará en forma automática el mes inmediato posterior a la aplicación de la variación salarial que el trabajador perciba en actividad”, señala la ley.

Hasta que se aprobó la reglamentación, el directorio de la Caja se regía por la resolución 105/2019, donde puntualizaba que hasta tanto se realice la reglamentación que disponga las pautas para el cálculo de la movilidad de los beneficios pasivos, se aplicarán los procedimientos establecidos hasta la promulgación de la ley 1285.

Así fue que por resolución 97/2020, los directores establecieron que obtendrán carácter definitivos los coeficientes de actualización aprobados en el marco de la resolución 105/19 “salvo aquellos resueltos en forma precaria, en los cuales deberán realizarse las acciones que correspondan en cada caso particular a fin de modificar su naturaleza en definitiva de acuerdo a los parámetros reglados por esa medida”.

La medida aclara que se procederá a dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, en forma posterior, considerando la resolución plenaria 158/2020, dictada por ese organismo.

Haberes promedio

Con la existencia de los informes de las variaciones salariales de carácter remunerativo con impacto en actividad, percibidos por el personal dependiente de cada uno de los organismos aportantes, a fin de generar el correspondiente coeficiente de actualización; el departamento Prestaciones procedió a determinar el coeficiente de actualización, tomando como referencia los siguientes haberes promedio:

Tribunal de Cuentas de la Provincia: $396.378,10.

Superior Tribunal de Justicia (STJ): $226.096,46.

Legislatura: $217.279,78.

Banco de Tierra del Fuego (BTF): $213.693,23.

Sindicatura de la Municipalidad de Ushuaia: $181.424,33.

Concejo Deliberante de Ushuaia: $149.128,04.

OSPTF: $130.933,71.

Escalafón Personal Universitario (EPU): $115.353,25.

DPOSS: $110.381,19.

Puerto: $104.169,89.

Municipalidad de Ushuaia: $101.096,12.

Trabajadores de la Televisión (SAT): $91.535,39.

Obras Sanitarias de Río Grande: $73.178,00.

Municipalidad de Tolhuin: $57.252,66.

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