La Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) prorrogó por 30 días el plazo para adherir al Régimen Especial de Presentación Espontánea y Regularización de Deudas establecido por la Ley Provincial 1603. De este modo, los contribuyentes podrán acogerse a los beneficios hasta el lunes 23 de marzo.
La extensión fue dispuesta a solicitud del Consejo Profesional de Ciencias Económicas y en uso de las facultades otorgadas por la Legislatura provincial. La norma había habilitado una única prórroga de hasta 30 días, posibilidad que ahora quedó formalmente activada.
El régimen permite regularizar tributos cuyos vencimientos hayan operado hasta el 30 de noviembre de 2025. El alcance incluye tanto deudas declaradas voluntariamente como aquellas que se encuentren en discusión administrativa o bajo procesos judiciales.
Uno de los principales atractivos del plan son las quitas de intereses acumulados, que varían según el tamaño del contribuyente y la modalidad de pago elegida.
Para contribuyentes con base imponible de hasta 2.000 millones de pesos, el pago al contado contempla una quita del 100% de los intereses. En caso de optar por financiación, pueden acceder a distintos esquemas: hasta 12 cuotas con una quita del 80% y un interés mensual del 0,5%; hasta 24 cuotas con 60% de quita y 1% de interés; hasta 48 cuotas con 40% de quita y 1,5% de interés; y hasta 60 cuotas con 20% de quita y 2% de interés mensual.
Para grandes contribuyentes —con base imponible superior a 2.000 millones de pesos— el pago al contado contempla una quita del 60%. Si eligen financiar, podrán hacerlo en hasta 12 cuotas con una quita del 40% y 1% de interés; hasta 24 cuotas con 30% de quita y 1,5% de interés; o hasta 36 cuotas con 20% de quita y 2% de interés. En todos los casos, las cuotas no podrán ser inferiores a 20.000 pesos.
La adhesión exige el allanamiento incondicional a la pretensión fiscal y, en su caso, el desistimiento y renuncia a toda acción y derecho, incluso el de repetición. Cuando existan procesos judiciales en curso, el contribuyente deberá asumir también el pago de costas y honorarios, los cuales podrán abonarse en hasta 12 cuotas, respetando el monto mínimo establecido.
La normativa establece que no se exigirán garantías, aunque la AREF queda facultada a solicitarlas según el monto adeudado o la situación particular del contribuyente. También se habilita la reformulación de planes de pago vigentes, permitiendo imputar pagos ya realizados y regularizar el saldo bajo las condiciones más favorables del nuevo régimen.
El plan puede caducar ante el incumplimiento de cuatro cuotas —consecutivas o alternadas— o si transcurren 90 días desde el vencimiento de la última cuota sin cancelación total. En caso de caducidad, se pierden todos los beneficios otorgados y las obligaciones podrán ser ejecutadas judicialmente.
Con esta prórroga, los contribuyentes cuentan con un mes adicional para regularizar su situación fiscal bajo condiciones excepcionales, en lo que constituye la única extensión prevista por la ley vigente.