Fiscal avala devolución de bienes a Cristina Fernández de Kirchner

El fiscal de juicio Diego Velasco avaló el fin de la administración judicial de los bienes de Los Sauces ante el pedido que hizo la defensa de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, principal imputada en la causa por lavado de dinero a raíz del alquiler de viviendas a los empresarios Cristóbal López y Lázaro Báez.

BUENOS AIRES (NA).- Lo dictaminó el fiscal tras el pedido de la defensa y avaló que se dé fin a la intervención, aunque consideró que se deben mantener veedores judiciales que controlen los bienes de la titular del Senado.

Ahora, será el Tribunal Oral Federal número 5 el que resuelva si hace lugar a lo pedido por el abogado Carlos Beraldi, defensor de la vicepresidenta, para avanzar con la restitución del control de los bienes y sociedades que están bajo la mira de la Justicia.

Lo dictaminado por el fiscal sólo es respecto al tramo de la causa Los Sauces, no así en Hotesur, donde Cristina Fernández de Kirchner también es investigada por lavado de dinero y que conjuntamente se aguarda la realización de un único juicio por ambas causas.

Sobre Hotesur, el fiscal tuvo en cuenta que la empresa tiene problemas de pagos y cobro de deudas, sumado a que falta designar autoridades en el Directorio.

En tanto, la Unidad de Información Financiera (UIF) también fue invitada a opinar por parte del Tribunal, pero no lo hicieron y los plazos para hacerlo vencieron.

Ahora, la resolución queda en manos de los jueces Daniel Obligado, Adrián Grünberg y Adriana Palliotti.

Al justificar su opinión en Los Sauces, el fiscal Velasco aclaró que “los técnicos intervinientes (oficiales y propuestos por las partes) ya han dejado en claro el panorama ante los puntos solicitados por las partes” en cuanto a la realización de un peritaje contable que está en marcha.

Por eso valoró que “es conveniente el cese de la intervención judicial”, aunque con la intervención de dos veedores de la Auditoría General de la Nación para que “mantengan informado al Tribunal sobre el devenir de las personas jurídicas en cuestión y de los bienes del condominio, con prohibición de enajenación de bienes, activos no corrientes o repartición de dividendos”.

A la vez, reclamó que más allá de dar por terminada la intervención, los bienes deben seguir inhibidos.

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