El Gobierno dispuso el cierre “definitivo” de la Dirección Nacional de Vialidad, de la Comisión Nacional del Tránsito y Seguridad Vial y la Agencia de Seguridad Vial, anunció el vocero presidencial, Manuel Adorni, en conferencia de prensa.
BUENOS AIRES (NA).- La medida se venía anunciando desde hace tiempo y finalmente comenzó a concretarse con un proyecto de decreto que será publicado hoy en el Boletín Oficial. El Gobierno tomó la medida en el último día de las facultades delegadas de las que hizo uso el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
Las facultades delegadas, que permiten al Poder Ejecutivo tomar decisiones de gobierno sin pasar por el Poder Legislativo, habían sido incluidas en la ley Bases, sancionada por el Congreso en junio del año pasado.
Según trascendió, el nuevo organismo pasará a denominarse “Agencia de Control de Concesiones y Servicios Públicos de Transporte” y será la Autoridad de Aplicación a que refieren todas las normas y actos administrativos que se relacionen con la fiscalización de las concesiones viales.
Entre las funciones previstas para el nuevo esquema se encuentran: fiscalizar el cumplimiento de los contratos de concesión, acuerdos de operación y permisos de explotación de los servicios públicos de transporte automotor urbano, suburbano y ferroviario de pasajeros y cargas de jurisdicción nacional, en lo que respecta a las obligaciones contractuales, técnicas y operativas, pudiendo realizar inspecciones in situ y solicitar a los operadores y concesionarios la información y documentación necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
También fiscalizar los contratos de concesión vial, controlando su ejecución, en coordinación con el organismo competente en materia de procesos licitatorios, con el fin de asegurar la separación de funciones entre la fiscalización de los contratos y la administración de procesos licitatorios.
Además, fiscalizar y controlar los servicios públicos de transporte terrestre de jurisdicción nacional y sus permisos de explotación, asegurando condiciones técnicas y de prestación adecuadas, a fin de garantizar la continuidad del servicio y la seguridad de las personas transportadas.
De la misma manera estará entre sus facultades fiscalizar la adopción por parte de las empresas o concesionarios de las medidas conducentes a la seguridad de los bienes afectados a los servicios ferroviarios, a fin de garantizar su normal prestación y la protección de las personas y cosas transportadas.
También, aplicar las sanciones previstas en las normas legales relacionadas con los servicios públicos de transporte automotor urbano y suburbano, las concesiones ferroviarias y viales, así como las penalidades fijadas en los contratos de concesión, en caso de incumplimiento de las condiciones allí establecidas.
Entre los fundamentos de la medida se menciona que el Poder Ejecutivo Nacional puede adoptar medidas como la modificación o eliminación de las competencias, funciones o responsabilidades dispuestas legalmente cuyo mantenimiento resulte innecesario y la reorganización, modificación o transformación de su estructura jurídica, centralización, fusión, escisión, disolución total o parcial o transferencia a las provincias o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previo acuerdo que garantice la debida asignación de recursos.
Todo esto “con la finalidad de mejorar el funcionamiento del Estado Nacional y reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal”.