Régimen de Acceso a Divisas para impulsar la producción de petróleo y gas

El Gobierno reglamentó por decreto, el funcionamiento del Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo (Radpip) y de un esquema similar para el gas.

BUENOS AIRES (NA).- El decreto 484/2022 estableció que los beneficiarios podrán, a los fines de propiciar inversiones para incrementar la producción de las áreas hidrocarburíferas bajo su titularidad, presentarse conjuntamente con otras personas jurídicas con una inversión mínima de US$ 50 millones.

Según lo dispuesto, quienes queden encuadrados en el Régimen “podrán solicitar el reconocimiento de los beneficios correspondientes a partir del tercer trimestre de 2022, previo cumplimiento de los requisitos y dentro de los plazos que establezca la Secretaría de Energía”.

En ese sentido, deberán completar esa solicitud dentro del plazo perentorio de 15 días hábiles y posteriores a la finalización de cada trimestre, en una gestión que incluirá medidas complementarias de la Secretaría de Energía y de la AFIP.

Una vez aceptada la solicitud, Energía expedirá un certificado que será notificado por nota a los beneficiarios, a la AFIP y al Banco Central.

Además, los beneficiarios “deberán incrementar sus compras y contrataciones a proveedores nacionales y regionales a diciembre de 2024 en un 30% para los rubros de perforación y terminación y en un 40% para los rubros de producción y mantenimiento y obras e instalaciones de superficie sobre el porcentaje de composición del gasto de 2021”.

El Poder Ejecutivo aclaró que las empresas productoras de petróleo y gas natural que accedan a los regímenes especiales de disponibilidad de divisas tendrán que presentar información en carácter de declaración jurada, por lo que “en caso de omisión, falsedad o inconsistencia” serán sancionadas.

Por caso, Energía podrá suspenderles el beneficio o descontar automáticamente de futuros beneficios los certificados emitidos con datos falseados u omitidos.

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