Multaron a más de veinte comercios en Río Grande

La falta de exhibición de precios en vidriera fue la infracción más notoria de las multas que se aplicaron a comercios de Río Grande durante el mes pasado. Asimismo, hubo casos de publicidad engañosa y otras infracciones relacionadas a las inscripciones comerciales.
RIO GRANDE.- Durante enero de este año, la Secretaría de Comercio provincial ya aplicó multas a 23 comercios de nuestra ciudad, a raíz de distintas infracciones contra la ley de Defensa al Consumidor, así como leyes y normativas provinciales relacionadas a la actividad comercial.

La falta de exhibición de precios en vidriera fue la falta más frecuente, sumando 11 casos en total, seguido por infracciones al Decreto N° 887 relacionado al Registro Permanente de Actividades Comerciales de la Provincia.

Asimismo, se sancionó a tres comercios por infringir el artículo 9 de la Ley 22.802 de Ley de Lealtad Comercial, debido a publicidad engañosa.

Desde la Secretaría de Comercio recordaron que, al momento de realizar una compra en general, se pueden plantear reclamos cuando los comercios no exhiben precios; por lo que el consumidor debe exigir siempre que el producto tenga su precio debidamente identificado, en los lugares de exhibición, vidriera, góndola o en el producto en sí.

También es motivo de reclamo cuando existe diferencia entre el precio exhibido y el precio del ticket, de modo que al momento del pago el consumidor debe verificar que el precio que le cobraron sea el mismo que el exhibido.

Cuando un comercio realiza una campaña publicitaria, no puede brindar información falsa o engañosa, y está obligado a otorgar lo que ofrezca en esas campañas y en los mismos términos.

Por otra parte, es importante recordar que los productos que se adquieren tienen siempre garantía. La ley establece que cuando usted adquiere un producto nuevo tiene 6 meses de garantía (mínima), y en el caso de un producto usado tiene 3 meses de garantía. Todos los costos que tenga la reparación, como flete, cambio de partes, etc., son a cargo del vendedor.

Al momento de efectuar el pago el comerciante pretende cobrar un precio diferenciado si el pago es contado efectivo o con tarjeta de crédito o débito.

El comercio nunca puede hacer una diferenciación entre el pago en efectivo, con débito o con tarjeta de crédito, salvo que la compra la efectúe en más de un pago.

Por último, respecto a denuncias por ofertas, la ley fija que cuando exista una oferta, el comercio está obligado a respetarla y hacerla cumplir, de lo contrario usted debe hacer el reclamo y/o la denuncia que corresponda.

No exhibir precios en vidrieras, una infracción repetida.
No exhibir precios en vidrieras, una infracción repetida.