La Justicia habilitó la candidatura de Claudio Queno

El actual Intendente de Tolhuin sigue en carrera para las elecciones de este domingo, luego que los jueces del Superior Tribunal de Justicia revocarán la sentencia de la Cámara de Apelaciones. Claudio Queno va por su re-elección como Jefe Comunal.


USHUAIA.- A 48 horas de desarrollarse los comicios en Tierra del Fuego, donde se elegirá gobernador, vice, legisladores, e intendentes de Río Grande y Tolhuin, finalmente los jueces Javier Darío Muchnik y Gonzalo Sagastume, habilitaron a Claudio Queno a participar de las elecciones.

De esa forma, dos de los tres integrantes del Superior Tribunal de Justicia, desestimaron el recurso de apelación de Propuesta Republicana (PRO), rechazando la impugnación formulada por esta fuerza política.

En la resolución, el juez Muchink aclaró que el mandato ejercido por Queno en el período 2007/2011, “fue cumplido íntegramente bajo la persona jurídica Comuna y, por lo tanto, no puede ser considerado como mandato Municipal, en tanto transcurrió y culminó bajo el régimen jurídico de la ley 231”.

Además, advirtió que es “elocuente” como derivación lógica de lo anterior, que la postulación cuestionada en el período 2015/2019 “es indiscutiblemente para el cargo de Intendente Municipal, pues se iniciará y fenecerá en el seno de la nueva persona jurídica Municipio”.

En ese contexto, el mandato en ejercicio del actual Intendente de Tolhuin, durante el período 2011/2015-, fuere considerado Comunal o Municipal, “en ningún caso se verificaría el supuesto de una doble reelección”, dado que “constituiría o un segundo mandato Comunal, o bien un primero Municipal”.

No obstante, el presidente del Superior Tribunal recordó que el Juez Electoral, siguiendo los postulados de la ley 892, en sus artículos 1 y 7, “interpretó que el nuevo status jurídico, aunado al escaso tiempo transcurrido al frente del ejecutivo hasta el momento de la sanción, implicaba considerar que ese cargo debía reputarse cumplido en la calidad de Intendente Municipal, no ya Comunal”.

En consecuencia, consideró “no puede afirmarse válidamente que existe prohibición constitucional o legal para la postulación” de Claudio Queno, porque el período 2011/2015 constituye su primer mandato Municipal y se encontraría habilitado a presentarse nuevamente como candidato, y el artículo 180 de la Constitución Provincial, lo autoriza a postularse “en forma inmediata a reelección, entendiendo que el primer período comprendido entre 2007/2011 “fue cumplido indiscutiblemente durante el régimen de Comunas”.

Claudio Queno fue habilitado por la Justicia como candidato.
Claudio Queno fue habilitado por la Justicia como candidato.