El Tribunal de Juicio brindó los fundamentos de la condena a 5 años de prisión al oficial Cristian Balaguer. Consideraron que actuó con “abuso de su función policial” y que debería haber contemplado alternativas “menos lesivas” que el disparo “en forma directa” y a “escasísima distancia”. Asimismo, marcan las contradicciones entre los dos efectivos que llevan a los jueces a descartar “el alegado riesgo serio de vida” para Gualtieri. Finalmente se marcaron muchos errores en la acusación fiscal y omisiones policiales increíbles en la investigación que se solicitaron sean investigadas en sumario interno de la fuerza.
RIO GRANDE.- Los jueces Daniel Borrone, Juan José Varela y el subrogante Andrés Leonelli brindaron los fundamentos que detallan los diversos elementos que se presentaron a lo largo de las dos semanas que se prolongó el juicio oral y público al efectivo Cristian Balaguer, condenado a 5 años de prisión por la muerte, “en abuso de sus funciones”, de Víctor “Chucky” Andrade.
Los jueces determinan en primer momento que el hecho se produjo en el marco de una persecución policial, en ocasión de haber identificado a Andrade circulando en cuatriciclo por la ciudad, cuando pesaba sobre él una orden de requisa judicial.
En torno al procedimiento los magistrados marcaron las numerosas contradicciones existentes entre el imputado Balaguer y el eximputado y testigo, el sargento Ricardo Gualtieri, respecto de lo sucedido durante la persecución y en el intento de reducción del malviviente.
En ese sentido apuntaron a una percepción muy diferente que tuvieron ambos del momento crucial respecto del “intento de agresión” de parte de Andrade, señalando Gualtieri que “Andrade tomó el hierro con la mano derecha y se lo iba a arrojar desde arriba de la cabeza en sentido descendente”, mientras Balaguer graficó que “agarró ese elemento como su fuera un bate de beisbol desde abajo hacia arriba”, haciendo alusión de tomarlo con ambas manos.
También hubo contradicciones en el momento del reconocimiento de que se trataba de Andrade, un forcejeo tras el disparo del que dio cuenta Balaguer y Gualtieri no; no hubo coincidencias en cómo se llamó a la ambulancia, dónde fue atendido Andrade y ni siquiera sobre cómo fue esposado.
No hubo riesgo de vida para Gualtieri
En esos puntos de disidencia los jueces dieron mayor crédito a la versión de Balaguer respecto de que Andrade fue reconocido durante la persecución, por ello infieren que este era el único justificativo de la misma, sino “no se justificaba semejante despliegue de medios”.
En ese sentido los jueces infirieron que Andrade ya estaba identificado, y que de hecho Gualtieri no desconocía la existencia del pedido de requisa judicial en su contra porque ya había tomado parte de un allanamiento en esa misma causa días atrás.
Entonces Gualtieri “quería identificar a quien ya habían identificado”, consideran los jueces, aseverando que esto “no es mas que una conveniente versión de los hechos” y que “pierde fuerza la alegada sorpresa ante la agresión de Andrade”, que consideran como una secuela propia de una persecución policial según testimonios de los mismos testigos policiales.
Al respecto agregan que “Gualtieri continuó aproximándose a la víctima”, siempre según la versión de los dos efectivos, descartando los jueces “la alegada sorpresa de la ilegítima agresión ejercida por Andrade contra Gualtieri, no desecho la existencia de la agresión… solo excluyo el alegado riesgo serio para la vida de su compañero –Gualtieri- por lo que debió adoptar otras acciones menos lesivas”.
Y en ese sentido enumeraron, Gualtieri con 20 años de servicio y Balaguer con 15 “estaban por demás habituados… y eran variadas las alternativas que tenían para reducirlo sin poner en riesgo su vida”, enumerando el retroceso de Gualtieri “quien no tenía ningún impedimento de defensa” o incluso “haber disparado en cualquier otra dirección si el ruido igualmente lo hubiera hecho desistir de la agresión”, como marca el manual de procedimiento.
Disparo cercano y elementos “fuera de lugar”
En ese sentido los jueces enumeran las numerosas normas aportadas por los peritos balísticos de Gendarmería y de la propia División Servicios Especiales de la Policía, respecto de la distancia a utilizar la escopeta de posta de goma, concluyendo los magistrados que quedó probado que “el disparo fue directo y a escasísima distancia, entre un metro y medio y no más de tres metros”, siendo evidente bajo esas normas “el poder letal” en ese cuadro de situación.
Al respecto de los elementos colectados en la escena, los jueces señalaron que además el lugar del cual fue incautado el hierro que “portaba Andrade”, estaba más cerca del portón de ingreso del garaje que del fondo del mismo donde se habría dado el intento de agresión, mas tomando en cuenta el testimonio de los efectivos de que Andrade lo soltó inmediatamente de recibido el disparo.
Es también destacado que el casco que portaba Andrade apareció fuera del galpón, al lado del patrullero, cuando el testimonio de Gualtieri fue que el malviviente lo había arrojado en el fondo del garaje junto al cuatriciclo.
Finalmente los jueces apuntan a otro elemento como fue el hallazgo de sangre en la punta de la escopeta de Balaguer, cuya defensa sostuvo que la usó para revisar la herida de la víctima, “tal aseveración del imputado no fue desvirtuada durante el debate”, aunque “atenta contra todos los protocolos de intervención policial y, por qué no decirlo, contra el más elemental sentido común”, habida cuenta que “era un arma recién disparada” y “no había necesidad de contaminar la escopeta hurgueteando en la herida vaya a saber con qué objeto”, cuestionan los jueces que entienden que la lesión era evidente.
Críticas al fiscal y la investigación policial
En una forma implícita el fallo fue muy crítico de distintos aspectos de la causa que no fueron abordados ni por la fiscalía ni la querella, respecto de testigos desistidos como la mujer que estaba dentro de la vivienda y que dio cuenta de que escuchó a Andrade gritar “dejame”, antes de oír el disparo, cuestión que no habría sido audible si la sirena del móvil estaba encendida como dicen los efectivos. De hecho esa testigo señaló que la sirena nunca estuvo activada.
Asimismo se cuestionó que el informe pericial de la Policía Científica no estuvo agregado a la causa, sino en forma indirecta a través del sumario administrativo de la Policía, donde consta, y que fue agregado a la causa.
Incluso en ese informe pericial, los jueces constataron la existencia de fotografías respecto de la gran mancha de sangre dejada por Andrade, en la que se observan claramente unas pequeñas bolitas de color negro, símil perdigones de goma, elementos que increíblemente no fueron colectados en el marco de la investigación.
Estos elementos que para cualquier perito hubieran resultado de obvio interés investigativo, nunca fueron adjuntados a la causa y jamás se sabrá en forma fehaciente de qué se trataba, mas allá que la foto resulta evidente.
En ese sentido el tribunal remitió todo al jefe de la Policía Provincial para tomar las medidas sumariales que considere convenientes.