El Tribunal Supremo de Japón dictaminó hoy que es inconstitucional una cláusula legal que obliga a las personas a someterse a una operación de esterilización si quieren cambiar legalmente de sexo.
BUENOS AIRES (NA).- Varias organizaciones internacionales, entre ellas el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Asociación Mundial de Profesionales de la Salud Transgénero y expertos de la ONU, habían afirmado que el requisito era discriminatorio y vulneraba los derechos humanos.
Aunque los grupos de defensa de los derechos humanos acogieron con satisfacción el histórico veredicto, la decisión de los jueces de pedir a un tribunal inferior que delibere sobre otra cláusula, que exige que los órganos genitales de las personas que quieren cambiar de sexo se parezcan a los del sexo opuesto, fue recibida con decepción.
“Esta decisión fue muy inesperada y estoy muy sorprendida”, dijo la demandante, identificada solo como una mujer trans menor de 50 años, en una declaración leída por sus abogados. Añadió, no obstante, que estaba “decepcionada” por el aplazamiento de la decisión sobre la otra cláusula.
Algunos legisladores y grupos de mujeres de Japón habían afirmado que una sentencia que cuestionara la ley vigente sembraría la confusión y socavaría los derechos de la mujer. El Tribunal Supremo rechazó un intento similar de eliminar el requisito de esterilización en 2019.
El Gobierno tiene la obligación de hacer que cualquier ley sea constitucional, por lo que ahora debe actuar con rapidez para eliminar la cláusula”, dijo Kanae Doi, directora de Japón de Human Rights Watch. “Es tarde, pero nunca demasiado tarde”.
El subsecretario jefe del Gabinete, Hiroshi Moriya, dijo el miércoles en una rueda de prensa ordinaria que el Gobierno “examinará detenidamente la decisión y responderá adecuadamente”.
La ley japonesa establece que las personas que quieran cambiar de sexo deben presentar un diagnóstico de disforia de género y cumplir cinco requisitos.
Esos requisitos son: tener al menos 18 años, no estar casado, no tener hijos menores de edad, tener órganos genitales que se parezcan a los del género opuesto y no tener glándulas reproductoras o tenerlas que hayan perdido su función de forma permanente.