El relevamiento fue realizado por la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas, que actualiza de manera periódica el registro de las causas desde la sanción de la Ley N°26.364, de «Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas».
BUENOS AIRES.- Desde la sanción de la Ley N° 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, reformada en 2012 por la Ley N° 26.842, en Argentina se dictaron hasta hoy 410 sentencias condenatorias por el delito de explotación sexual de mujeres, niñas, niños y adolescentes. En el último año fueron 35.
Estas cifras se desprenden de las estadísticas elaboradas por la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), a cargo de Alejandra Mángano y Marcelo Colombo, en el marco del Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres, Niños y Niñas.
En Tierra del Fuego se destacan dos casos emblemáticos: La condena del 30 de noviembre de 2016, por el caso del prostíbulo Sheik, en Ushuaia; y la condena del 10 de junio de 2019 a las responsables de explotar el local denominado L’Toile, en Río Grande.
El relevamiento de la oficina especializada indica que, en el caso específico de la explotación sexual, desde 2008 se individualizaron 814 personas condenadas por este delito. Más del 80% son de nacionalidad argentina y, en relación al género, el perfil predominante entre los condenados es el masculino.
En ese mismo período se identificaron 1.715 víctimas de trata con fines de explotación sexual. La gran mayoría son mujeres y cerca al 9% corresponde a niños, niñas y adolescentes (NNyA) al momento de los hechos.
Nuevas formas
Desde PROTEX advirtieron acerca de las nuevas formas de captación y explotación que complejizan el abordaje del delito. Entre ellas, el reclutamiento de personas como “correos humanos” para el transporte de sustancias estupefacientes; la explotación reproductiva mediante subrogación de vientre con fines comerciales, donde mujeres en situación de vulnerabilidad son instrumentalizadas en circuitos transnacionales; y la explotación sexual facilitada por plataformas virtuales, que operan de forma anónima, profesionalizada y con uso intensivo de tecnologías digitales y criptoactivos.
Estas prácticas, potenciadas por el entorno digital, presentan desafíos inéditos para la detección temprana y el seguimiento judicial. Frente a este escenario, desde la procuraduría y el sistema de justicia se trabaja de manera sostenida y articulada para investigar, sancionar y prevenir estas formas de trata, en coordinación con organismos nacionales e internacionales y a través de campañas de sensibilización que promueven y protegen los derechos humanos.
El 23 de septiembre
El Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Personas fue propuesto en el marco de la Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas, receptada durante la Conferencia de Mujeres desarrollada en Dhaka, Bangladesh, en enero de 1999.
El 23 de septiembre fue elegido debido a que en esa fecha de 1913 el Senado de la Nación Argentina sancionó la Ley N°9.143, un proyecto del diputado socialista Alfredo Palacios que se convirtió en la primera ley en el mundo en penar la trata de personas con fines de explotación sexual y en brindar protección a las personas menores de edad frente a ese delito.
El caso Sheik
El 30 de noviembre de 2016 el Tribunal Oral Federal de Tierra del Fuego condenó a siete años de prisión a Pedro Montoya por encontrarlo culpable del delito de trata de personas con fines de explotación sexual agravada en el prostíbulo Sheik, ubicado en la ciudad de Ushuaia. Además, Montoya debería abonar una multa de 70 mil pesos, en línea con lo solicitado por la fiscalía. Se trató del primer proceso en que una víctima fue querellante contra sus tratantes.
Los jueces dictaron, además, penas de tres años en suspenso para Ivana García que, a su vez, debería abonar 30 mil pesos en concepto de multa, y Lucy Alberca Campos, por considerarlas partícipes secundarias, al tiempo que ordenaron el decomiso del boliche, un auto y el dinero secuestrado tanto en el local nocturno como en la vivienda de Montoya, principal acusado. Finalmente, los magistrados hicieron lugar a la demanda civil promovida por la víctima querellante y tanto los imputados Montoya y García como el municipio de Ushuaia fueron obligados a pagar una indemnización por «los padecimientos y efectos del delito sufrido».
La causa en Río Grande
El 10 de junio de 2019 fueron condenadas dos mujeres por encontrarlas culpables del delito de trata de personas con fines de explotación sexual. Por un lado, a Adriana del Valle Zapata se le impuso la pena de 8 años de prisión por ser considerada autora del delito; mientras que Flavia Lorena Garrido fue condenada a 3 años de prisión en suspenso, a quien encontraron como partícipe necesaria.
De acuerdo a la investigación, la principal imputada era la dueña de un prostíbulo denominado L’Toile, ubicado en el centro de la ciudad de Río Grande, en el que se explotaban sexualmente a mujeres en situación de vulnerabilidad. A lo largo de la pesquisa se constató que, a través de falsas ofertas laborales, engañó y trasladó al menos a dos mujeres desde Mendoza y Tigre, provincia de Buenos Aires.
La investigación, a cargo del fiscal federal Marcelo Rapoport, se inició en mayo de 2013 y en diciembre de ese mismo año fueron procesadas. Y en mayo de 2015 la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó el procesamiento de Zapata.