Es un “exceso” condenar a la Municipalidad

El Juez del Tribunal Oral Federal votó en disidencia respecto a la condena a la Municipalidad a pagar 780 mil pesos a Alika Kinan. Indicó que “me resulta un exceso” afirmar que el Municipio debió advertir “una conducta delictual”.
USHUAIA.- Al conocerse los fundamentos de la sentencia dictada contra propietario del local nocturno Sheik, Pedro Montoya, por el delito de Trata de Personas; como así también a Claudia García y Lucy Alberca Campos, un rol secundario; se pudo saber por qué el Juez Luis Giménez no compartió el criterio de sus pares, Ana María D`Alessio y Enrique Guanziroli; de condenar a la Municipalidad a pagar un resarcimiento económico a la querellante Alika Kinan.

Cabe recordar que el abogado de la Municipalidad de Ushuaia, doctor César Molina, confirmó que recurrirá en casación la sentencia del Tribunal Oral Federal que condenó al Estado Municipal al pago de 780 mil pesos a Alika Kinan, querellante en la causa.

“Vamos a mantener nuestra postura de que había responsabilidad del Estado Nacional y del Estado Provincial antes que de la Municipalidad y que debieron estar sentados en el debate del juicio oral y público”, dijo el doctor Molina, en relación a la causa.
Cómo votaron

En su voto, el doctor Giménez señala: “Afirmar que el personal municipal que, fragmentariamente, atendía los trámites vinculados a la habilitación municipal u otorgamiento de las libretas sanitarias, representa la voluntad comunal, y reprocharle que “debieron” haber advertido la situación de vulnerabilidad de las víctimas y el riesgo de estar frente a una conducta delictual, me resulta un exceso”.

Señala el Juez que “la ordenanza (que habilitaba los locales) era pública y venía aplicándose desde hacía años. Si la justicia provincial o federal hubieran entendido que ella importaba per se la facilitación del delito de trata de personas (o más aún, de incitación o facilitación de la prostitución) podrían haber dispuesto su inaplicabilidad muchos años antes”.

Puntualiza además que la Policía Provincial “conocía perfectamente la existencia de éste y de todos y cada uno de los bares nocturnos de la ciudad, y que si hubiera esbozado mínimamente una hipótesis delictiva, debió haberla puesto en conocimiento de la autoridad judicial respectiva”.

En cambio, la jueza D´alessio y el juez Guanziroli coincidieron en la existencia de responsabilidad estatal. En su voto, la primera indica: “Tenemos una administración que mediante el dictado de las ordenanzas respectivas habilitó el funcionamiento del local “Sheik” bajo el rubro “Club Nocturno” y autorizó, reguló y controló la actividad de “alternadoras” que en él se desempeñaron. La Municipalidad sabía que la actividad que estaba autorizando importaba riesgo cierto sobre la integridad física y psíquica de las mujeres, quienes estaban por las condiciones e índole de la actividad, sometidas, objetivamente, a mayor riesgo de violencia sexual”.

Juez Luis Giménez.