El Superior Tribunal de Justicia cerró el caso contra Javier Gangas al confirmar su absolución

Javier Gangas junto a su abogado defensor, el día que conoció su absolución.

Por unanimidad los jueces del Superior Tribunal rechazaron el recurso de casación que fue interpuesto por el fiscal del caso. Coincidieron con los magistrados del Tribunal de Juicio que en su mayoría desestimaron las pruebas que había contra el único sospechoso del caso que ocurrió en agosto de 2004.

USHUAIA.- Los jueces María del Carmen Battaini, Javier Muchnik y Carlos Gonzalo Sagastume votaron en forma unánime por confirmar la resolución del Tribunal de Juicio en lo Criminal de ésta ciudad, dictada el pasado 28 de agosto de 2014, que en mayoría resolvió absolver a César Javier Gangas, imputado como presunto autor del homicidio de Mabel Almada.

De esta forma se cerró la persecución judicial que existió contra Gangas desde que se descubrió la muerte de la joven Almada y que fue llevado a juicio oral con las pruebas de un testigo clave que en el debate no fue creíble y un reloj que fue encontrado cerca del cuerpo de la víctima, del cual se decía que era del imputado.

El 16 de mayo fue firmada la sentencia de los jueces Battaini, Muchnik y Sagastume; desestimando el recurso de casación presentado por el fiscal Daniel Curtale y confirmando la sentencia que fue dictada por el Tribunal de Juicio que estuvo integrado por los jueces Guillermo Jorge González y Alejandro Ferreto (votaron por la absolución) y la jueza Felicitas Maiztegui Marcó (votó por una condena).

El hecho de sangre ocurrió en agosto de 2004, ya que el 27 de ese mes y año la joven -que ejercía la prostitución- se ausentó de su domicilio para “atender a un cliente” y desde ese entonces no se la vio más hasta que tres días más tarde fue encontrada en la costa, frente a la planta CM (ex Renacer), con lesiones cortantes en la cabeza y semidesnuda.

Javier Gangas fue llevado a juicio con elementos de pruebas tales como un testigo que dijo que el imputado le confesó haber sido el autor del hecho y la presencia de un reloj Montreal que sería propiedad del acusado. Sin embargo, los jueces, en mayoría, indicaron que la valoración de esas pruebas no era suficiente para dictar una condena.

Fundamentos del STJ

En la resolución de los jueces Battaini, Muchnik y Sagastume se puntualiza que “la decisión absolutoria se ha fundado en un análisis armónico e integral de la prueba producida e incorporada al debate. En el marco de esa tarea los jueces han descripto los elementos probatorios que guiaron a la conclusión y los han merituado, demostrando la ligazón racional con las afirmaciones o negaciones admitidas en el fallo, con sujeción a la exigencia de la racionalidad”.

Puntualizan que “los votos que conformaron la mayoría de la sentencia presentan fundamentos serios, atendibles, y responden en un todo a las cuestiones de hecho y de derecho presentes en el caso. Podrá compartirse o no lo resuelto, pero no puede sostenerse que carezcan de sustento fáctico y/o normativo”.

14 años de impunidad

Un 27 de agosto de 2004, María Mabel Almada se ausentó de su domicilio, aproximadamente a las 21.00, por razones laborales, como “acompañante” femenino de eventuales clientes mediante avisos periódicos, no regresando a su domicilio. Desde ese día se hallaba vigente un pedido de paradero al que se puso fin el 30 de agosto de 2004, a las 16:30, cuando fue hallada en cercanías de la costa marítima, a la altura de avenida Perito Moreno, frente a la planta fabril de CM (en aquel entonces de Renacer).

La joven estaba muerta, semidesnuda, y con varias heridas punzocortantes en la cabeza, con hendidura de cráneo, o que evidenciaba la violencia con la que fue ultimada.

Almada presentaba cuatro lesiones en la cabeza, con un arma blanca (pudo ser un cuchillo o un hacha de mano). La muerte fue establecida entre el 27 de agosto de 2004 y el 30 de agosto, fecha en que se procedió a realizar la autopsia (a las 20.00).

Pruebas endebles

Para absolver a Javier Gangas, el Tribunal de Juicio en lo Criminal, en mayoría, afirmó que la prueba producida no permitía demostrar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se llevó adelante el hecho, a la par que descartó o restó entidad a los principales indicios en que se apoyó el acusador para solicitar el dictado de una sentencia condenatoria.

Se advierte que la nula credibilidad otorgada al testigo Walter Adrián Wusinowsk obedeció a las numerosas contradicciones en las que incurriera el testigo, sumado a la presencia de dudosos intereses referidos a la motivación que lo guiara y las inconsistencias ante el cotejo con el resto de las pruebas producidas.

Además, al testigo le comprendían las generales de la ley, ya que “le tenía bronca por la cama que le había hecho Gangas”, porque al momento de brindar su testimonio el testigo estaba detenido, cumpliendo una condena por el robo en una propiedad de la tía de Gangas donde el testimonio de este último resultó clave en el caso.

No resulta un dato menor el hecho que en el curso del debate el testigo llegara a desconocer algunas de sus firmas en las actas de las declaraciones prestadas durante la instrucción, las cuales fueron presenciadas por el fiscal y defensor.

Los jueces descartaron la correspondencia del reloj marca Montreal secuestrado a escasos metros del lugar donde fue hallado el cuerpo sin vida de Almada y el que fue retratado en poder de Gangas en una fotografía familiar.

Esta prueba también fue desestimada, a pesar de la existencia de un informe de espectometría de Gendarmería Nacional, el cual concluye que las manchas de pintura halladas en el reloj ubicado a escasos metros del lugar donde fue hallado el cadáver, se corresponden en cuanto a su composición química, con las muestras halladas en el taller de Gangas.