Definen si corren vista al fiscal acusador

Hoy habrá una reunión clave en el Consejo de la Magistratura que debe resolver si sigue con el procedimiento de jury contra el juez Raúl Nadim Sahade, envuelto en un escándalo por el presunto delito de cohecho, y, además, por facilitar escritos a abogados que tienen casusas en su Tribunal.

El Consejo de la Magistratura debe resolver la situación del cuestionado juez Raúl Nadim Sahade.

USHUAIA.- Hoy se reúne el Consejo de la Magistratura para definir el proceso de jury de enjuiciamiento contra el juez de Instrucción de Río Grande, Raúl Nadim Sahade, envuelto en un escándalo de proporciones ante sospechas de cobrar por el dictado de sentencias y de facilitar escritos a abogados que tienen causas por resolver en el Tribunal a su cargo.

Los consejeros ya fueron notificados del informe preliminar redactado por el presidente del cuerpo colegiado, en este caso el juez Javier Darío Muchnik, quien descartó que el caso de Sahade sea considerado una falta disciplinaria que merezca sanción, posibilidad que está previsto en la Ley 525.

En la audiencia de hoy, si los consejeros consideran que la denuncia es infundada o irrazonable, será rechazada sin más trámites. En caso contrario correrá traslado de las actuaciones al fiscal acusador que actuará como órgano acusador. En este caso ese rol lo ocupa el abogado Miguel Angel Castro.

El fiscal acusador deberá formular la acusación por escrito, acompañar la prueba con documentación y ofrecer demás medios de prueba en un plazo de 20 días, contados a partir de haber sido notificado.

Una vez notificada la acusación fiscal al juez Raúl Sahade, el procedimiento no terminará con su renuncia sino que proseguirá hasta que el Consejo dicte la resolución definitiva. Además, con el voto de los dos tercios de los consejeros, se podrá proceder a suspender al magistrado. En este caso percibirá el 60% de su remuneración bruta durante el plazo de suspensión.

Actitud bajo sospecha

El pasado 16 de noviembre, en medio del escándalo que lo tiene como protagonista y en vista al proceso de jury que debería enfrentar, Sahade, después de muchos meses, se acordó de desempolvar el expediente de la causa penal por presunto abuso sexual en la que está imputado el gobernador Gustavo Melella y dispuso varias medidas.

En su resolución, el cuestionado Sahade ordena que se practique una pericia psiquiátrica a Melella “tendiente a determinar la estructura de su personalidad, si presenta patología de índole sexual y/o síntomas de perversión en términos psicopatológicos compatibles con los hechos denunciados, así como indicadores de desajustes o desviaciones de la líbido y/o en área de la sexualidad”.

“Además el perito deberá determinar el estado de salud de Gustavo Melella, si presenta indicios de personalidad psicopática”, señala la resolución que fue firmada por el Magistrado a quien el Consejo de la Magistratura investiga su presunta conducta para establecer si es causal de un jury de enjuiciamiento para ser apartado del cargo.

Otra de las medidas que dispuso fue fijar audiencias testimoniales para que declaren los denunciantes contra el actual Gobernador. Así estableció para el 12 de abril audiencia para que comparezca Damián Rivas; el 14 de abril para Jerónimo Alfredo Suasnabar y el 16 de abril para Mario Lovera.

Advertencia del Superior

Cabe indicar que el abogado querellante, Francisco Giménez, presentó el año pasado un planteo para que Raúl Nadim Sahade sea apartado de la causa, a través de un planteo de  recusación, el cual llegó a instancias del Superior Tribunal de Justicia que a mediados de este año confirmó al juez en la causa.

Lo llamativo es que en la resolución de los jueces del máximo órgano judicial de la provincia, que fue dictada el 17 de septiembre pasado, se advirtió una “inusual demora” en el proceso “sin ninguna justificación argumentada, situación que no solo deberá evitarse en lo sucesivo sino que también y a modo de advertencia, deberá interpelar al magistrado para que se adopten los recaudos del caso”.

Se exhorta así el Magistrado que, “sin dilaciones, adopte los temperamentos y criterios que mejor contribuyan a definir, en el menor tiempo posible, la concurrencia o no de los hechos enmarcados por el ministerio público fiscal. Y a dicho ministerio, a que colabore desde su natural rol, para hacer efectivos los principios de celeridad, concentración, unidad de representación y razonabilidad que su actividad debe poder exhibir”.