Sin estar en el orden del día, los concejales ingresaron un proyecto del Ejecutivo Municipal para enajenar varios terrenos en la ciudad de Ushuaia. La ordenanza prevé que tras tasación del Tribunal de Tasación de la Nación las tierras podrán ser subastadas. Los fondos obtenidos serán destinados a obra pública. El exintendente Federico Sciurano había adoptado una iniciativa similar en su gestión aunque incluyó una consulta popular antes de concretar la venta.
USHUAIA.- Los concejales aprobaron ayer por mayoría la enajenación de terrenos enmarcados en un proyecto enviado por el intendente Walter Vuoto que no tuvo tratamiento en comisión. La iniciativa es similar a la que utilizó en su momento Federico Sciurano cuando fue intendente y que sometió la venta a una consulta popular antes de ser subastada.
Las parcelas comprendidas en el proyecto presentado por el Ejecutivo Municipal se ubican en la intersección de Héroes de Malvinas y José Cabezas, otra sobre Perito Moreno al 3220, y 3 parcelas ubicadas entre Raúl Muriel y 2 de Abril.
Los concejales autorizaron por mayoría al Ejecutivo Municipal a tramitar la enajenación de tierras a través del mecanismo de licitación o subasta pública, previa tasación del Tribunal de Tasación de la Nación.
La ordenanza aprobada también autoriza a Vuoto a contratar en forma directa al Tribunal de Tasación de la Nación para que ese organismo proceda a la tasación de los inmuebles de dominio municipal.
La ordenanza establece como valor base de oferta de las parcelas el 100% del valor de tasación que determine el Tribunal de Tasación de la Nación. Además crea el «Fondo para el desarrollo de Obra Pública Municipal», que tendrá carácter de afectación específica y estará conformado por el total de la recaudación proveniente de la enajenación de los bienes de dominio municipal.
El texto aprobado dispone que “los recursos que integren el Fondo para el desarrollo de Obra Pública Municipal se depositarán en una cuenta específica en el Banco de la Provincia de Tierra del Fuego y se aplicarán a la realización de obras y/o adquisición de bienes de capital que permita la adquisición de las mismas.
La ordenanza establece que la Secretaría de Planificación e Inversión Pública establecerá las prioridades de intervención e inversión para la aplicación del Fondo para el desarrollo de Obra Pública Municipal.