La Justicia suspendió el decreto que limita las huelgas

La CGT celebró ayer que la Justicia hizo lugar a la cautelar para que quede sin efecto el decreto que había emitido el Gobierno para limitar el derecho a huelga.

BUENOS AIRES (NA).- El fallo, que suspendió los artículos 2 y 3 del DNU 340/25, fue celebrado por la central obrera, que en un comunicado destacó la «correcta estrategia» que viene siguiendo la central para «no permitir el avance del Ejecutivo sobre los derechos conquistados».

Previamente se había aceptado la cautelar que había presentado en la misma línea el sindicato de estatales ATE, que pertenece a la CTA Autónoma.

La jueza Moira Fullana, a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3, dispuso «suspender provisoriamente» los artículos mencionados «hasta tanto se dicte sentencia definitiva».

La CGT se había presentado ante la Justicia del trabajo para denunciar el decreto y solicitar un pedido de amparo solicitando declarar la invalidez constitucional.

Entre los fundamentos del amparo, la CGT sostuvo que el DNU del presidente Javier Milei reglamenta de manera restrictiva el derecho de huelga, al ampliar arbitrariamente la lista de actividades consideradas «servicios esenciales» e imponer niveles mínimos de prestación (del 75% al 50%) que, según plantearon, en los hechos imposibilita el ejercicio legítimo de las medidas de fuerza.

La central subrayó que la medida viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otras normas con jerarquía constitucional que garantizan la libertad sindical y el derecho a la huelga.

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