El exgobernador Carlos Manfredotti accedió al beneficio jubilatorio y a una millonaria demanda

El Directorio del IPAUSS aprobó por unanimidad conceder el beneficio jubilatorio al exgobernador Carlos Manfredotti, en virtud que el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia cerró al organismo de la seguridad social la posibilidad de acudir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
USHUAIA.- Cercados por una resolución del Superior Tribunal de Justicia, que en tiempo récord declaró inadmisible conceder el recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (lo hizo un día antes de iniciar la feria judicial), el Directorio del IPAUSS se vio obligado a conceder el beneficio jubilatorio al exgobernador Carlos Manfredotti.

El exmandatario de la Provincia no sólo comenzará a cobrar el beneficio jubilatorio con el 82 por ciento móvil de lo que gana la Gobernadora, sino que además se deberán liquidar todos aquellos salarios que no cobró desde que comenzó con el reclamo judicial, lo que le permitirá acceder a poco más de 10 millones de pesos.

De esta forma, un nuevo jubilado y con una millonaria demanda a su favor, se suma a una caja previsional que está atravesando su peor situación financiera, al no poder pagar en tiempo y forma los beneficios de quienes accedieron a la pasividad en el Estado fueguino.

Manfredotti le ganó al IPAUSS una demanda judicial para acceder a la jubilación ordinaria, entendiendo que cumplía con los requisitos exigidos por la “Ley de los 25 Inviernos”, computando para ello cuatro años de aportes a la ANSES, cuando fue senador de Tierra del Fuego.

El Directorio del organismo de la seguridad social pretendía llegar a la Corte Suprema con el caso, pero el Superior Tribunal de Justicia le cerró todos los caminos ya que al declarar inadmisible el recurso presentado, lo obligó a cumplir con el fallo. Aún las autoridades del IPAUSS pueden recurrir en queja, pero esa alternativa no suspende los efectos del fallo.
La resolución

El Directorio casi a pleno votó por unanimidad la resolución 1378/2015, que concede la jubilación a Manfredotti. La misma fue firmada por los directores activos Néstor Ledesma, Gustavo García y Fabián Recabal; los pasivos Magadalena Pincol y Margarita Gallardo; más el representante del Municipio de Río Grande, Gustavo Grech.

El escrito también lleva la firma de María Inés Fernández, administradora general del IPAUSS; sin embargo no hay rúbrica del director por el Municipio de Ushuaia, ya que el intendente Walter Vuoto no designó a nadie en ese cargo, tampoco existe firma del representante del Poder Ejecutivo, porque la actual gobernadora Rosana Bertone no ha definido si nombrará a alguien en ese lugar.

De esta forma, el Directorio del IPAUSS entendió que no quedaba otro camino que atender la demanda de Manfredotti y seguir el criterio formulado por el Superior Tribunal de Justicia, contabilizando como aportes a la caja previsional de la Provincia los realizados al ANSES, cuando estuvo en funciones como Senador Nacional, en el período comprendido entre los años 1995 y 1999.

Agregando los cuatro años que cumplió como senador, Carlos Manfredotti puede acreditar que al momento de pedir el beneficio jubilatorio, cumplía con los requisitos que fueron establecidos en la ley, por los cuales tenía los años de aportes (25 años) y cumplía con la edad para poder acceder (50 años).
Principales puntos

Los principales puntos de la resolución dictada por IPAUSS, señala:

-Habilitar el receso previsional anual, que fue establecido en la resolución 1218/2015, para el tratamiento de las actuaciones surgidas por al sentencia del Superior Tribunal de Justicia en la causa Manfredotti Carlos c/IPAUSS, sobre contencioso administrativo.

-Conceder el beneficio de jubilación ordinaria en los términos del articulo 21 inciso b) de la ley 561; sustituido por la Ley 721 (conocida como 25 inviernos).

-Condicionar el alta del beneficio a la presentación de los instrumentos que acrediten la aceptación de la renuncia de todos los cargos en relación de dependencia que se halle desempeñando, salvo docencia e investigación a nivel universitario.

-Hacer saber a Carlos Manfredotti que el beneficio es incompatible con otros de carácter graciables o no contributivos y con el desempeño de actividades en relación de dependencia, salvo la docencia.

 
LOS PASOS LEGALES

-En cinco oportunidades el servicio jurídico del IPAUSS se expidió en forma negativa a la pretensión de Carlos Manfredotti, en las resoluciones 490/09; 843/09; 655/13; 917/13 y 175/2014.

-El Superior Tribunal de Justicia, en sentencia del 17 de noviembre de 2015 hace lugar a lo solicitado por Manfredotti, obligando al organismo de la seguridad social a otorgar el beneficio jubilatorio.

-El IPAUSS pretendió la intervención de la Corte Suprema, mediante vía extraordinaria federal, el que fue declarado inadmisible “con una celeridad encomiable por parte de nuestro Superior Tribunal, mediante decisorio del 15 de diciembre” (dice el Directorio del IPAUSS).

-De acuerdo al criterio vertido por el Superior Tribunal y en función de lo solicitado se deben tomar a favor de Manfredotti los aportes efectuados en el período 1995-994 que ejerció como senador nacional (reconocidos por ANSES), cumpliendo con ello lo requerido por la “ley de los 25 inviernos”.

EL FALLO

Con el voto fundamentado por el juez Javier Muchnik, al que adhirieron los jueces María del Carmen Battaini y Carlos Gonzalo Sagastume (es decir que estos últimos no escribieron argumento alguno); el Superior Tribunal hizo lugar a la demanda promovida por Carlos Manfredotti, en orden a otorgarle la jubilación.

Los Jueces de la Corte fueguina, señalaron que si bien Manfredotti no reunía el cómputo de los 25 años de aportes; se debe tener en cuenta que cumplió 4 años como Senador por Tierra del Fuego, designado por la Legislatura y por lo tanto, representaba a la Provincia y ese período debe tomarse en cuenta a la hora de hacer el cómputo para ser otorgada la jubilación.

En sus fundamentos, el juez Javier Muchnik, sostiene:

Carlos Manfredotti contaba al 24 de marzo de 2004 con 50 años, cuatro meses y diez días de edad (nació el 15/11/1953) y reunía, a esa fecha, 21 años, siete meses y un día de servicios de carácter local. “Si bien a la luz de los cálculos efectuados, el actor no alcanzaría los años de aportes al régimen local que se necesitan para cumplimentar los 25 que exige la Ley 561, tal exigencia debe reputarse acreditada considerando los 4 años de ejercicio como senador (período 1995/1999) contemplados en los totales, de las actuaciones administrativas, en virtud de los cuales Manfredotti representó a la Provincia de Tierra del Fuego, designado por el Poder Legislativo Provincial. Extremo este que evidentemente fue merituado en el mismo sentido por el organismo previsional, al momento de considerar cumplido el requisito”.

El exgobernador Carlos Manfredotti se suma a los jubilados del IPAUSS.
El exgobernador Carlos Manfredotti se suma a los jubilados del IPAUSS.