Suspenden la puesta en marcha del sistema de juicio por jurados en Chubut

El Superior Tribunal de Justicia del Chubut informó que “la medida se dispuso hasta tanto se apruebe la Ley de Presupuesto de Gastos y Recursos para el Poder Judicial, que permitirá la cobertura de cargos necesarios para su implementación”.

BUENOS AIRES (TÉLAM).- El Superior Tribunal de Justicia del Chubut resolvió no poner en marcha el mecanismo de juicios por jurados aprobado por la Legislatura en diciembre de 2019 “hasta tanto se apruebe la Ley de Presupuesto de Gastos y Recursos para el Poder Judicial” de la provincia.

“La suspensión de la puesta en marcha de la Ley XV N° 30 – de Juicio por Jurados- se dispuso hasta tanto se apruebe la Ley de Presupuesto de Gastos y Recursos para el Poder Judicial, que permitirá la cobertura de cargos necesarios para su implementación” informó oficialmente la Corte provincial a través de un comunicado.

La suspensión del sistema de juicios con vocales legos fue tomada en el último “acuerdo Plenario 5101” y se fundamenta en “no contar con presupuesto que permita la cobertura de cargos necesarios, lo que hace imposible su implementación”.

La puesta en marcha del juicio por jurados obliga a la concreción de una serie de figuras entre ellas la creación de un “Padrón de Jurados”, que debería comprender un universo de entre 3.000 y 4.000 ciudadanos chubutenses en condiciones de realizar esa tarea.

También se requerirá para la puesta en marcha de los procesos orales y públicos con participación de jurados la intervención del Tribunal Electoral y la participación de las Oficinas Judiciales, entre otros organismos.

Al mismo tiempo el juicio con vocales legos prevé el alojamiento de los jurados, su transporte, manutención y viáticos, además del dictado de las normas particulares a los fines prácticos de tales prescripciones legales.

“También contar con la infraestructura adecuada de acuerdo a la disposición de los integrantes del juicio, la custodia para el jurado y la creación del Colegio de Jurados” indicó el pronunciamiento.

A esto se suma una tarea de “capacitación debiendo ser provista por los Poderes Ejecutivo y Judicial con el fin de promover el conocimiento a ciudadanos para el adecuado cumplimiento de la función judicial como jurados, además de la capacitación de magistrados y funcionarios judiciales en igual sentido”.

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