Proyecto para limitar aumentos de tarifas de servicios públicos

El diputado nacional por el Frente de Todos José Luis Gioja presentó ayer un proyecto de ley que limita los incrementos de tarifas de servicios públicos para usuarios residenciales y Pymes, al tiempo que declara la “emergencia energética” hasta el 31 de diciembre de 2022.

BUENOS AIRES (NA).- La iniciativa del sanjuanino crea un “Régimen general de tarifas de servicios públicos de competencia nacional”, que deberán ser “justas, razonables y transparentes”, y establece como criterio que en ningún caso los aumentos podrán ir por encima que lo que marque el índice que mide la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) acumulado desde la fecha de la última modificación o revisión tarifaria correspondiente.

Quedan exceptuados del régimen los usuarios del servicio de gas doméstico de la categoría 3.4 o superiores y los de electricidad de la categoría 7 o superiores.

Por otra parte, las tarifas de servicios públicos para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), las cooperativas de trabajo de fábricas o empresas recuperadas que se encuentren inscriptas en el Instituto Nacional de Economía Social (INAES) no podrán incrementarse en una proporción mayor al valor que fije el Índice de Precios Internos al Mayor (IPIM) acumulado desde la fecha de la última modificación o revisión tarifaria.

Asimismo, la iniciativa de Gioja prevé la creación del “Régimen nacional y universal de beneficiarios de la tarifa social”, el cual implica la conformación de un cuadro tarifario diferencial para jubilados, pensionados, beneficiarios de la prestación por desempleo, y monotributistas de las categorías más bajas, entre otros beneficiarios.

De acuerdo al texto, las tarifas de servicios públicos “se fijarán o modificarán con participación previa y no vinculante de asociaciones de usuarios y consumidores, del Defensor del Pueblo de la Nación y de organismos de control”.

El dictado de la “emergencia energética” hasta el 31 de diciembre de 2022 faculta al Poder Ejecutivo Nacional a renegociar los contratos y licencias de prestación de los servicios públicos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *