Ministerio de Salud destacó aspectos claves de la reforma fiscal sobre productos de tabaco

Los impuestos al tabaco son la medida independiente más eficaz para reducir la epidemia de tabaquismo.

La cartera sanitaria nacional analizó los cambios innovadores que incluye la reciente modificación de la ley de impuestos internos de productos de tabaco, aprobada por el Congreso en Diciembre de 2017.

BUENOS AIRES.- El Ministerio de Salud de la Nación consideró que la reforma fiscal en materia de productos de tabaco que contempla la Ley 24.730 aprobada por el Congreso de la Nación el 28 de diciembre de 2017, contiene medidas que en su conjunto implican un avance para la salud pública.

Entre las modificaciones, se incluye por primera vez una estrategia de impuesto mínimo específico y actualizable por inflación, que alcanza tanto a cigarrillos como a otros productos de tabaco e introduce mecanismos para fortalecer la trazabilidad y control del comercio ilícito de los productos de tabaco.

El ministro de Salud de la Nación, Adolfo Rubinstein expresó que “los cambios que se incorporaron son especialmente favorecedores para la salud de los grupos más vulnerables y de los jóvenes, por lo que la medida tiende a reducir inequidades en salud”.

En mayo de 2016 el Poder Ejecutivo había aumentado la alícuota de impuestos internos a los cigarrillos del 60% al 75% a través del decreto 626/2016. La medida, cuyo impacto fue evaluado por el Ministerio de Salud de la Nación en un informe recientemente publicado, implicó una reducción en las ventas de cigarrillos y al mismo tiempo un aumento de la recaudación fiscal a nivel nacional y provincial.

Sin embargo el informe publicado destaca que el impacto sanitario positivo de la medida observado al inicio fue diluyéndose hasta desaparecer al año y medio de implementada. Los precios de los cigarrillos crecieron menos que la inflación y los salarios, provocando un incremento paulatino en el poder de compra que hicieron que las ventas se recuperaran; a su vez, la medida fiscal solo se aplicó a los cigarrillos, y no a otros productos de tabaco, por lo que se favoreció la migración al consumo de otros productos como al tabaco para armar y por último las empresas tabacaleras aplicaron los aumentos en mayor medida en las marcas caras de cigarrillos y proporcionalmente menos a las más baratas, lo cual aumentó el rango de precios y generó una sustitución del consumo por segundas marcas.

En la reforma fiscal de diciembre de 2017, en cambio, fijó la alícuota de impuestos internos a los cigarrillos en 70%, con la potestad del Poder Ejecutivo de subirla hasta 75%, pero además se incluyó un impuesto mínimo de $28 a los cigarrillos que sube el precio de las marcas más baratas que al día de hoy se venden a precios bajos (como $16,50, y que pasaría a costar $38).

“Como pudimos evaluar, el solo aumento de la alícuota de 60 a 75% de los impuestos internos a los cigarrillos aplicado en mayo de 2016 fue importante pero no suficiente para garantizar un efecto sanitario sostenible. En la reforma actual, en cambio, aunque la alícuota de internos se fijó en 70%, se aplicaron varias medidas complementarias y potencialmente más efectivas y sostenibles en el tiempo, lo cual continuaremos evaluando para monitorear su efecto en la salud”, afirmó Veronica Schoj, directora de Promoción de la Salud y Control de Enfermedades No Transmisibles de la cartera sanitaria nacional.

La nueva ley además alcanza a otros productos como cigarrillos para armar, cigarros u otros sustitutos, a través de un impuesto mínimo de $40 para el tabaco para armar (paquete de 50gr), $25 por paquete de cigarritos y $10 para cada cigarro. Todos los impuestos mínimos, sea a los cigarrillos o a los otros productos serán actualizados trimestralmente por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Además las alícuotas de impuestos internos subieron de 20 a 25% en el tabaco para armar y de 16 a 20% en cigarros y cigarritos.

Otros aspectos

La reforma también incorpora la obligación de establecer un sistema de trazabilidad de los productos de tabaco que deberá ser reglamentado por el Poder Ejecutivo y que también fortalecerá el control de las ventas, la protección de la recaudación fiscal y de los sistemas de control del comercio ilícito del tabaco, con mecanismos totalmente a cargo del Estado e independientes de las empresas tabacaleras.

La cartera sanitaria nacional está trabajando en colaboración con el Ministerio de Hacienda de la Nación, y otros organismos del Estado, para garantizar una implementación exitosa y evaluar su impacto recaudatorio y sobre el consumo de tabaco para valorar el efecto a corto y largo plazo sobre la salud pública, a fin de realizar los ajustes que sean necesarios para continuar reduciendo la epidemia de tabaquismo y sus graves consecuencias sanitarias y sociales para el país.

Tristes datos

En Argentina cada año mueren 44 mil personas por enfermedades asociadas al tabaquismo que podrían ser evitadas. Según datos de la última Encuesta Nacional de Factores de Riesgo, el 25% de la población adulta fuma tabaco. Por otro lado, la Encuesta Nacional de Salud Escolar alerta que, en promedio, los niños y niñas comienzan a fumar a los 12 años y que uno de cada cinco jóvenes de 13 a 15 años fuma.

Los impuestos al tabaco son la medida independiente más eficaz para reducir la epidemia de tabaquismo y la mortalidad por enfermedades crónicas no transmisibles, y especialmente son eficaces para reducir la iniciación en niños y jóvenes. Además los impuestos al tabaco aumentan la recaudación fiscal y han sido establecidos como una de las fuentes principales para financiar el desarrollo sostenible y reducir las inequidades en salud.