La AREF adoptó medidas para aliviar la carga a comerciantes

Luego de las reuniones mantenidas entre el titular de la AREF y representantes de las Cámaras de Comercio, el organismo de recaudación decidió avanzar en distintas herramientas que permitan acompañar a comerciantes y empresarios.

USHUAIA.- El director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF), Oscar Bahamonde, confirmó la posibilidad de que los contribuyentes puedan acceder a un plan especial para el pago de deudas generadas durante el 2020 y en lo que va de este 2021. Además, se resolvió la postergación en los vencimientos de Certificados y Declaraciones Juradas (DDJJ).

“Las nuevas medidas tienen por objetivo descomprimir la situación impositiva de comerciantes y empresarios y forman parte del compromiso asumido oportunamente, luego de un trabajo consensuado con integrantes de las Cámaras de Comercio” explicaron desde el organismo oficial de recaudación.

Según consigna en un comunicado el Gobierno, las medidas de la AREF se adoptaron a solicitud del gobernador Gustavo Melella, teniendo en cuenta la situación generada por las restricciones resueltas en el marco de la pandemia Covid-19. De esta forma se sumaron nuevas acciones que permitan la reactivación de la economía local.

Oscar Bahamonde, titular de la AREF, aseguró que “estas acciones son parte del compromiso asumido, fueron consensuadas y trabajadas con la Cámara de Comercio. Son para acompañar al sector privado”, el que configura un rol fundamental en la economía y, en consecuencia, para las arcas del Estado.

“Nuestra intención siempre es la de descomprimir e ir ayudando a cada uno de los sectores de la economía local. En definitiva, este dinero termina volcándose en recursos para el Estado provincial y consecuentemente hacia los vecinos y las vecinas”, detalló Bahamonde.

Las medidas

Respecto a las nuevas acciones, la AREF especificó que el régimen especial de facilidades de pago es para la cancelación de obligaciones que hayan vencido durante el ejercicio fiscal 2020 y hasta el 31 de mayo del corriente año.

El beneficio comprende deudas en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos y los adicionales a dicho impuesto, podrá extenderse hasta 48 cuotas, con una tasa de interés mensual de financiación del 2% mensual y un periodo de gracia de dos meses para el pago de la primera cuota.

Mientras que, por otro lado, se prorrogó hasta el 31 de agosto del corriente año la vigencia de los certificados que extiende el organismo cuyos vencimientos operen durante los meses de junio, julio y agosto de 2021. También hasta el 31 de agosto quedarán suspendidos los inicios de nuevos procesos de ejecución fiscal.

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