Para Gobierno el fallo de la Corte “pone las cosas en su lugar”

Así lo consideró el ministro de Gobierno provincial, Gastón Díaz, tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolviendo que sólo los gremios tienen el derecho de promover huelgas y que los grupos informales de trabajadores no pueden impulsar medidas de fuerza de este tipo.
USHUAIA.- El ministro de Gobierno, Gastón Díaz, se expresó a favor del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ratifica la facultad de invocar el derecho de huelga sólo a los sindicatos regularmente constituidos, entendiendo que esto “pone las cosas en su lugar y claro sobre oscuro en una cuestión que resulta de interés no sólo para el ámbito judicial o jurídico sino también para las distintas instituciones públicas y privadas”.

“Por eso considero que este fallo está en absoluta sintonía con lo que sostiene el Gobierno de esta provincia, respecto de la necesidad de regularizar cada una de las comunidades de intereses sindicales, regularizar digo su forma de organización gremial”, opinó el Ministro.

En este sentido, Díaz sostuvo que “es que oportunamente se tomó la decisión política de no contar con un registro de trabajadores agremiados fuera del marco legal, que no es otro que la Ley de Asociaciones Sindicales 23.551, la cual obliga a formalizar la constitución de un gremio ante el Ministerio de Trabajo de la Nación, único titular de un registro de asociaciones sindicales”.

El Ministro de Gobierno consideró no obstante que “el agremiarse y ejercer la representación gremial es un derecho constitucional” que al igual que el resto de los derechos “debe ejercerse plenamente, esto es con sus facultades y limitaciones, que no son otras que el respeto por el resto de los derechos consagrados en la Constitución provincial y nacional”.

“Tierra del Fuego ha sido cercenada en su institucionalidad durante los últimos años, y recuperar esa fortaleza institucional no sólo es una transformación real del Estado, sino que tiene carácter necesario si se gobierna de cara al pueblo, pues esto implica mirar a los ciudadanos no solo con firmeza y legalidad en las decisiones de gobierno, sino también con justicia social, ya que son ellos los destinatarios de la gestión publica. Ese es nuestro horizonte, no puede ser otro”, ratificó.

Finalmente, Díaz recordó que “ser todos artífices del bienestar común, pero ninguno instrumento de la ambición de nadie, se dijo ya a mitad del siglo XX”.
Fallo

El martes último, la Corte Suprema de Justicia resolvió que sólo los gremios tienen el derecho de promover huelgas y que los grupos informales de trabajadores no pueden impulsar medidas de fuerza de este tipo.

Se trata de un fallo producto de una causa por el despido de un empleado en el Correo Oficial de la República Argentina por haber participado en la convocatoria y realización de medidas de fuerza que “no contaron con el aval de ninguno de los sindicatos que representaban al personal”, informó el Centro de Información Judicial.

La Corte, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, resolvió que no son “legítimas” las medidas de fuerza promovidas por grupos informales, ya que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y las normas internacionales sobre derechos humanos solamente le reconocen el derecho de declarar una huelga a los sindicatos, es decir, a las organizaciones formales de trabajadores.

La resolución favorece a las tres CGT, que se nutren de organizaciones sindicales organizadas, pero perjudica a los trabajadores no sindicalizados y a la CTA, ya que a partir de ahora los trabajadores agrupados en organizaciones sociales y cooperativas no podrán disponer medidas de fuerza o correrán el riesgo de ser despedidos.

“El derecho de huelga se inserta en el segundo bloque que contiene el catálogo de los derechos reconocidos a las entidades gremiales”, indicó el fallo de la Corte. Y agregó que “en el examen integral del texto de la norma constitucional es indudable que la titularidad del derecho a declarar una huelga pertenece a un colectivo de trabajadores organizados en función de intereses comunes, no al trabajador en forma individual ni a cualquier grupo de trabajadores”.

El ministro de Gobierno, Gastón Díaz, destacó el fallo por derecho a huelgas.
El ministro de Gobierno, Gastón Díaz, destacó el fallo por derecho a huelgas.