El frente de gremios estatales se queda sin fuerza tras la eliminación del Registro Provincial

La caída del Registro Provincial de Sindicatos, que fue creado en el año 2009 por la exgobernadora Fabiana Ríos, deja sin fuerzas el frente de gremios estatales que desde hace 53 días mantiene un conflicto en Tierra del Fuego, con un piquetes que entorpece el normal funcionamiento de Casa de Gobierno.
USHUAIA.- Se quedaron sin respaldo legal que los avale aquellos gremios estatales que solamente tenían el reconocimiento por estar inscriptos en el Registro Provincial que creó la exgobernadora Fabiana Ríos, ya que la actual mandataria de la Provincia, Rosana Bertone, dictó el Decreto 568/16; por el cual deroga el Decreto 864/09 que había dado lugar a la aparición de un cúmulo de entidades gremiales, con exclusiva competencia en Tierra del Fuego.

La medida deja acotado a solamente cuatro sindicatos estatales que tienen la debida personería gremial, otorgada por el Ministerio de Trabajo de la Nación, estos son ATE, SUTEF, UPCN y el Sindicato Austral de Luz y Fuerza; mientras que otras 18 entidades quedaron fuera de toda posibilidad de seguir llevando adelante acciones de índole sindical y que protagonizan desde hace 53 días un paro por tiempo indeterminado y un acampe fuera de Casa de Gobierno.

En una palabra, la nueva medida deja sin fuerza al frente gremial que se constituyó luego de la aprobación del paquete de leyes para dictar la emergencia de la seguridad social, establecer un nuevo régimen jubilatorio en la Provincia y una política fiscal y de recaudación impositiva.

Asimismo, el decreto que dictó la gobernadora Rosana Bertone será un instrumento a ser presentado en el juicio de Residencia que se le instruye en el Tribunal de Cuentas a Fabiana Ríos, donde se investigan presuntas irregularidades en el pago de permisos sindicales a quienes estaban amparados por el Registro Provincial de Entidades Sindicales (estiman que se pagaron 1.500 horas).
Los articulados

El Decreto 568/16 deroga su par 864/09 que fue dictado el 20 de mayo de 2009, “por razones de oportunidad, mérito y conveniencia”, indica el artículo primero; en tanto que en el segundo ordena “poner en conocimiento a la totalidad de los Ministerios dependientes del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; Entes Autárquicos y Descentralizados; Municipalidades de las ciudades de Ushuaia, Tolhuin y Río Grande, de la revocación aquí dispuesta”.

Asimismo se procede a notificar de este nuevo decreto al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; a la Dirección Nacional de Asociación Sindicales que gira bajo la órbita del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y al Consejo Federal del Trabajo.

Cabe señalar que para derogar el Registro, la gobernadora Bertone se apoyó en el dictamen jurídico 08/2016, que llegó a la conclusión que el Decreto 864/09 se encuentra “en franca colisión con las previsiones de la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales y en su mérito resulta necesario proceder a la revocación del mismo; toda vez que los fines allí buscados no poseen mayores alcances que la norma de mención”.

También lo hizo en lo resuelto por el Consejo Federal del Trabajo, que procedió a “ratificar que los derechos constitucionales y las leyes que reglamentan su ejercicio deben ser respetados, para el caso la ley de asociaciones sindicales cuya autoridad de aplicación es el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, es la autoridad de aplicación de la Ley 23551 y el único legitimado para inscribir asociaciones y otorgarles personería gremial”.
Qué era el Registro

El 20 de mayo de 2009 la entonces gobernadora Fabiana Ríos firmó un acuerdo con la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), destinada al fomento y fortalecimiento de los principios emanados de la libertad sindical, y con el Decreto 864/09 se facultó al entonces Ministerio de Trabajo de la Provincia a la creación del Registro Provincial de Asociaciones Sindicales, independiente del registro que gira bajo la órbita del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

Cabe puntualizar que en ese entonces, la Secretaría Legal y Técnica aclaró en un dictamen que “la inscripción dispuesta en el decreto es solo a fines publicitarios, siendo facultad exclusiva” del Ministerio de Trabajo de Nación “el reconocimiento de nuevas entidades”; por ello, se puso en conocimiento “a todas las entidades sindicales la obligatoriedad de inscribirse en el registro dispuesto por la Ley 23.551; y en idéntico sentido se otorgaba el plazo de treinta días a fines de que las entidades ya inscriptas regularicen su situación ante el citado organismo nacional”.