El Gobierno deberá crear herramientas informáticas y digitales para luchar contra el delito de grooming

El Ejecutivo promulgó la Ley 1271 de concientización, prevención y erradicación del grooming. A partir de ahora, las diferentes áreas de gobierno deberán emprender campañas de difusión para que los niños, adolescentes y sus familias, conozcan la mecánica de este delito y aprendan a defenderse.


USHUAIA.- Mediante decreto 12/19 fue promulgada la ley 1271 que habla de la Concientización, Prevención y Erradicación del Grooming, que había sido sancionada por la Legislatura el 14 de diciembre pasado. Esta ley, que tiene por objeto la protección de niños, niñas y adolescentes, obliga al Estado a crear políticas públicas contra el nuevo delito en el marco del artículo 131 del Código Penal al que fuera incorporado por la ley nacional 26.904.

El grooming, es un nuevo flagelo que ataca a la seguridad de los niños, niñas y adolescentes en medios tecnológicos y consiste en la realización de acciones deliberadas por parte de un adulto, con el objetivo de establecer lazos de amistad con un niño, niña o adolescente, a través de cualquier medio tecnológico para obtener un contacto y/o abuso o acoso sexual.

El Poder Ejecutivo deberá determinar la autoridad de aplicación que lleve adelante diferentes líneas de acción con la colaboración de diversas áreas de gobierno. Por un lado, se deberá capacitar a los operadores de las áreas de educación, salud, seguridad, justicia y desarrollo social sobre protocolos de actuación tendientes a prevenir, detectar y erradicar el grooming.

Por otro lado, deberá confeccionar y difundir recursos didácticos, bibliográficos y digitales que permitan conocer los riesgos y peligros relativos al uso de las tecnologías de la información y la comunicación, tales como correos electrónicos, redes sociales, chats, juegos en línea y telefonía móvil, entre otros;

La ley contempla la capacitación de docentes, alumnos, operadores y fuerzas de seguridad mediante talleres, seminarios y clases especiales orientadas a acompañar a los estudiantes, desde una mirada reflexiva, en el uso responsable de las tecnologías de la información y la comunicación.

También se deberán proveer elementos de información y asesoramiento a las familias en relación al uso responsable de las tecnologías de la información y la comunicación y de la prevención y cuidado frente al delito de grooming.

Tal como se establece en el texto de la ley, será necesario “revalorizar la interdisciplina como herramienta óptima para el abordaje del grooming”, puesto que la complejidad del delito, reclama acciones desde diferentes áreas de gobierno para obtener resultados óptimos en cuanto a su control y erradicación.


Controles y filtros en la provisión de WI-FI

Una saludable medida que deberá poner en práctica la Secretaría de Comercio, será el control en la provisión gratuita del servicio de WIFI en locales comerciales con el objetivo de resguardar el acceso de niños y adolescentes a contenidos inapropiados en internet, verificando el uso de los correspondientes filtros de contenido. Los establecimientos comerciales deben contar con cartelería de advertencia sobre grooming que contendrá la difusión del artículo 131 del Código Penal.

Entre otras medidas establecidas en la nueva ley, los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial deberán crear un link de acceso desde sus páginas oficiales, aplicaciones de celular (App) y teléfonos de contacto y página web que se vinculen con el servicio oficial dependientes del Gobierno nacional a través de la cual difundirán material, información y comunicación dónde recurrir para denunciar la temática de grooming, entre otros.

Por su parte, la Secretaría de Derechos Humanos, ejercerá el control sobre el uso responsable de las tecnologías de la información y la comunicación y del cuidado frente al delito de grooming, impulsando y fortaleciendo el desarrollo de estudios e investigaciones sobre el grooming en el medio sociocultural y su incidencia en el ámbito escolar.

También la Secretaría de Medios tendrá un rol preponderante en la lucha contra el grooming, puesto que deberá articular con los medios de comunicación, escritos, audiovisuales y digitales el desarrollo de campañas de difusión e información y propiciar la inclusión en la programación de los contenidos que contribuyan a su prevención y erradicación del grooming.

Asimismo, la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur adhiere a la Ley nacional 27.458, día Nacional de la lucha contra el grooming, instituyéndose el 13 de noviembre de cada año como “Día provincial de la lucha contra el grooming”