El Ejecutivo vetó en forma parcial a la ley de ecografías fetales con evaluación cardíaca

El Ejecutivo reenvió a la Legislatura el proyecto sancionado en marzo que establece incorporar como práctica obligatoria y rutinaria la realización de ese diagnóstico por imágenes. La modificación busca “salvar una confusión en la identidad terminológica del estudio”.

USHUAIA.- El Poder Ejecutivo provincial vetó parcialmente el proyecto de ley sancionado el 25 de marzo pasado que establece la obligatoriedad de realizar ecografías fetales con evaluación cardíaca a todas las mujeres embarazadas con edad gestacional entre 18 y 22 semanas, tengan o no factores de riesgo. La observación realizada se refiere a que “existe una confusión en la identidad terminológica respecto del estudio en cuestión”, razón por la cual el proyecto regresó a la Legislatura.

Esta ley, impulsada por el bloque de la UCR y aprobada por unanimidad,  garantiza que tanto la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF) como el Ministerio de Salud de la provincia cubran los costos de esta práctica, en beneficio de todas las futuras madres fueguinas.

No obstante, el 14 de abril pasado, el Poder Ejecutivo emitió el decreto 772/21 mediante el cual modifica los artículos 2 y 5 del proyecto de ley, referidos a la denominación de la prestación que se pretende imponer como obligatoria.

El proyecto aprobado por la Legislatura establece que “la Ecocardiografía Fetal será considerada como prestación de rutina obligatoria dentro de la ecografía correspondiente al segundo trimestre gestacional, tanto por parte de establecimientos de atención de salud públicos o privados, como por obras sociales, seguros médicos y prepagas”.

Ante esta situación, el Ejecutivo dio intervención la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud de la Provincia, “expresando que existe una errónea conceptualización del objeto de regulación, en tanto las “Ecografías Fetales con evaluación cardíaca” y la “Ecocardiografía Fetal” constituyen estudios distintos”.

“El primer estudio, considerado de rutina, se encuentra dentro del scan fetal que se realiza en la actualidad entre la semana 20 y 24 de gestación y, en razón del cual, se pueden detectar anomalías que podrían derivar en una “ecocardiografía fetal”; este último es un estudio no rutinario que se efectúa directamente en el corazón del feto y que requiere de un especialista para poder realizarlo”, reza el decreto.

“Existe una confusión en la identidad terminológica respecto del estudio en cuestión, que debe ser observado en aras de una correcta regulación, por lo cual la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud de la Provincia sugirió se proceda al veto parcial del proyecto de ley”.

El veto elimina la ecocardiografía fetal del texto de la ley, de modo que el único estudio que se considere obligatorio será la ecografía fetal con evaluación cardíaca obligatoria.

Al sancionarse esta ley, la legisladora Liliana Martínez Allende señaló que “generalmente a la mamá se le realizan tres ecografías durante el embarazo y lo que nosotros buscamos con este proyecto es que la segunda ecografía sea más profunda, teniendo en cuenta cuál es la situación cardiológica del bebé. Si tomamos esto a tiempo antes del nacimiento, o inmediatamente al nacer, se pueden salvar muchas vidas”.

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