Daño moral: ¿Cómo se “pone un precio” al dolor?

En el día a día, todos sabemos que un accidente de tránsito, un despido injusto o una operación mal hecha pueden generar gastos médicos, pérdida de ingresos o roturas de bienes. Eso es lo que en derecho se llama daño patrimonial, porque se puede medir en plata. Pero, ¿qué pasa con las heridas que no se ven? El miedo, la angustia, la pérdida de la paz o de proyectos de vida también son consecuencias reales de un hecho injusto. A eso lo llamamos daño moral.

El daño moral es, dicho de forma sencilla, una alteración negativa en nuestra vida emocional o espiritual causada por un hecho ilícito o un incumplimiento contractual. No importa si es por un accidente, una estafa, una injuria o incluso un maltrato que no deja marcas físicas: si afecta nuestra tranquilidad, dignidad o afectos legítimos, el derecho reconoce que debe ser reparado.

Un derecho que evolucionó

En Argentina, el viejo Código Civil de Vélez Sarsfield ya lo reconocía, pero de forma más limitada: sólo para ciertos casos y con restricciones sobre quiénes podían reclamarlo. Con el tiempo, y especialmente desde la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación en 2015, se amplió el alcance.
Hoy, el artículo 1741 establece que el damnificado directo siempre puede reclamar por las consecuencias no patrimoniales. Y, si la víctima muere o queda con una gran discapacidad, también pueden hacerlo sus padres, hijos, cónyuge o conviviente.

¿Cómo se “pone un precio” al dolor?

Este es uno de los mayores desafíos. No existe una fórmula matemática: ningún monto de dinero devuelve un hijo, borra un trauma o recompone una reputación manchada. Sin embargo, la indemnización cumple una función compensatoria y sustitutiva: procura brindar al afectado medios para obtener satisfacciones o actividades que mitiguen, en lo posible, el sufrimiento.

Los jueces consideran factores como:

  • La gravedad y duración del sufrimiento.
  • La edad y situación de la víctima.
  • El impacto en su vida personal, familiar o laboral.
  • Las posibilidades de recuperación.

¿Por qué es importante reclamarlo?

Porque el daño moral no es un “extra” ni un capricho. Es parte de la reparación plena que garantiza nuestra Constitución y el Código Civil y Comercial. Ignorarlo sería aceptar que las agresiones a nuestra dignidad o integridad emocional no tienen valor.

En palabras simples: si un hecho injusto te cambió la vida, aunque no te haya roto un hueso ni dejado sin trabajo, igual tenés derecho a que la Justicia lo reconozca y ordene una compensación. No se trata de “ponerle precio al dolor”, sino de no dejarlo sin respuesta.

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