La abogada de José Armando Ruiz y de Duvalier Anrronico Concha García anticipó que será apelada la resolución que fue adoptada por el juez José Silvio Pellegrino. Criticó que la decisión se basa en especulaciones sin fundamentos.
USHUAIA.- Por considerar que la resolución judicial no se basa en pruebas concretas sino en especulaciones sin fundamento la abogada María Florencia Pérez Reche dijo que será apelado el procesamiento que fue dictado contra José Armando Ruiz y Duvalier Anrronico Concha García; por ser considerados presuntos coautores del delito de incendio culposo, por el hecho ocurrido en noviembre del año pasado que afectó la Reserva Corazón de la Isla, donde el fuego consumió 8.200 hectáreas de bosque nativo.
La abogada, en declaraciones realizadas a la agencia Télam, dijo que “no estamos de acuerdo y por eso vamos a apelar. Por un lado el fuego empezó fuera de los límites del predio concesionado a la familia Ruiz. Por otra parte, no es cierto que el único ingreso a la zona sea por el camino que atraviesa el establecimiento. El propio Gobierno tiene otra tranquera y se puede acceder caminando por otros lugares”.
El que fue definido como uno de los mayores desastres ambientales de la isla fueguina, con un costo económico valuado en más de 500 millones de pesos, comenzó el 30 de noviembre de 2022 en la reserva natural Corazón de la Isla, a unos 40 kilómetros al oeste del municipio de Tolhuin.
Las llamas se esparcieron con gran facilidad por la zona boscosa debido a las condiciones climáticas, lo que derivó en un inédito operativo para combatir el incendio con cientos de brigadistas y recursos provinciales y nacionales, extendido durante meses y que concluyó al iniciar la temporada de invierno.
Los investigadores policiales determinaron como lugar de inicio del siniestro a un fogón con parrillas ubicado en proximidades del río Claro, cerca de la exestancia Carmen, hoy reconvertida en un refugio con fines turísticos.
En su resolución, el juez de Competencia Integral de Tolhuin, José Pellegrino, entendió que desde el parador turístico sale el único camino que comunica con el sitio donde empezó el fuego, y que para acceder a él se atraviesa una tranquera cuyo dominio completo le corresponde al administrador y al encargado del lugar.
“Por poseer el control de la entrada al lugar de origen del fuego faltaron al deber de cuidado por omisión comisiva que debieron haber tenido para evitar el hecho que nos ocupa”, escribió el magistrado en el pronunciamiento.
También mencionó que “el uso habitual del camino y tránsito por el foco del ígneo, en el que se encontraba armado un fogón protegido mediante una alcantarilla con parrilla y cuyo uso habitual se desprende de los informes periciales, dan cuenta del indudable conocimiento (que tenían los acusados de la situación)”.