El 18 de julio comienza la feria judicial de invierno

La Corte Provincial dispuso que el periodo de receso de invierno se realice desde el 18 al 29 de julio. Para tal fin se solicitó a los jueces que informen el personal que se quedará para atender los casos de urgencia. Mientras dure la feria judicial los tribunales en la provincia verán reducidos sus horarios.
USHUAIA.- El Superior Tribunal de Justicia emitió la acordada N° 52/2016 mediante la cual dispuso que el periodo de receso y vacaciones de invierno para su personal será del 18 al 29 de julio inclusive.

Los jueces María del Carmen Battaini, Javier Muchnik y Gonzalo Sagastume, resolvieron que durante ese periodo de feria, en el cual los empleados, funcionarios y jueces gozan de sus vacaciones de invierno, se atienda al público en los juzgados, como es habitual, de 9:00 a 13:00.

Lo resuelto se enmarca en el artículo 28 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que faculta al Superior Tribunal de Justicia a establecer la feria de los Tribunales, cuyo período, conforme lo dispone el art. 119 del R.O.F.P.J., debe determinarse anualmente y con una antelación mínima de 30 días.
Guardias mínimas

En la acordada se requirió a los titulares de las Distintas Dependencias Judiciales que remitan a la brevedad, las propuestas correspondientes para la designación de las autoridades y personal que cubrirá la próxima feria. Durante ese periodo permanecerá en funciones un Juez y un Secretario por fuero y un agente por cada uno de ellos (civil-penal); asimismo, por cada unidad funcional se designará a los empleados que resulte necesario afectar para atender debidamente la tarea judicial, durante el receso invernal, decisión que quedará a juicio del Superior Tribunal.

En la Dirección Pericial se desempeñará un médico forense y un psicólogo para ambos Distritos y una asistente social por cada Distrito. En lo concerniente a los Ministerios Públicos y en Unidades Funcionales dependientes de la Secretaría de Superintendencia y Administración, se observará asimismo el criterio de guardia imprescindible.

La disposición judicial señalar que “no se admitirá un número mayor de agentes que el indispensable para la guardia de feria, teniendo en cuenta la afectación del servicio de justicia que significa un criterio distinto”.