Manejo de fondos de Bomberos

Gobierno creó herramientas de transparencia: Por un lado elaboró un instructivo para la “Tramitación, Ejecución y Rendición de Subsidios otorgados al Sistema de Bomberos Voluntarios” y creó una comisión para establecer los montos pendientes de pago que la Federación y los cuarteles reclaman históricamente.

Días atrás hubo acuerdo entre el Gobierno y la Federación para crear la comisión.

USHUAIA.- Mediante decreto 983/2020 publicado el viernes en el Boletín Oficial, el gobernador Gustavo Melella y la ministro de Gobierno Adriana Chapperon dieron por aprobada la creación de una comisión que determine la deuda que la provincia mantiene con los Bomberos Voluntarios en concepto de ayuda económica.
Tras varios cruces entre la Federación de Bomberos y el Gobierno por la liquidación de una deuda histórica de difícil determinación que la provincia mantiene con los cuarteles, ambas partes resolvieron la creación de una comisión que establezca cuáles son los montos pendientes de pago, para poder cancelarlos definitivamente.
La deuda corresponde a aportes que la provincia realiza a la Federación y a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios en concepto de ayuda económica en los términos de las Leyes Provinciales N° 736 y N° 1250.
Si bien las leyes establecen las cantidades y porcentajes para el cálculo y pago de dicha ayuda económica y el Gobierno estuvo realizando pagos parciales, se generó una diferencia entre lo reclamado por las instituciones, y la información con la que cuenta el Estado que no se condice con esa suma.
En el decreto, el Gobierno señala que “aquellos periodos que no fueron rendidos por las mencionadas instituciones no corresponde que sean considerados como deuda, ello en atención a las disposiciones de las normas antes citadas y sus decreto reglamentarios. Y que, en virtud de ello, la deuda que mantiene el Gobierno provincial con dichas entidades no está determinada con fecha cierta”.
“Se han suscripto diferentes acuerdos y adendas a los fines de establecer los pagos de los montos adeudados a las instituciones y por tal motivo se hace necesario generar un único instrumento, a los fines de determinar la deuda real mantenida por el Estado Provincial donde conste la modalidad y cronograma de cancelación, y con ello no generar acciones incongruentes y contradictorias, por lo que se considera conveniente la creación de una Comisión con facultad para informar montos y valores de la deuda”, señala el decreto.
Por otro lado aclara que dicha comisión “podrá proponer al Ejecutivo provincial el monto consolidado de la deuda, cómo actualizarla, los antecedentes, y todo lo relativo al pago de ésta, más no cuenta con facultades para cancelarla y que sólo podrá informar por el estado del compromiso histórico y anterior a abril de 2020”.
Esta comisión estará integrada por dos miembros propuestos por el Ministerio de Gobierno, Justicia y DDHH, otros dos propuestos por el Ministerio de Finanzas Públicas y Tres miembros propuestos por la Federación de Bomberos Voluntarios de Tierra del Fuego.
A partir de ahora, las partes deberán designar a sus representantes y una vez constituidos en comisión, establecerán un reglamento y los plazos para la presentación del informe.

Rendición de cuentas
Del mismo modo y para poner mayor transparencia sobre el asunto, la semana pasada, el gobierno había publicado el instructivo para la “Tramitación, Ejecución y Rendición de Subsidios otorgados al Sistema de Bomberos Voluntarios”, de modo que no queden dudas sobre la forma correcta de rendir estos fondos.
En el decreto se establece que el fondo que reciben los Bomberos Voluntarios del gobierno, debe ser destinado al sostenimiento y mantenimiento de los cuarteles, adquisición de equipamiento capacitación, campañas de prevención, atención de sus obligaciones corrientes y reparación y/o adquisición de nuevos equipos, herramientas y unidades.
La emisión del nuevo reglamento es porque “resulta necesario establecer un procedimiento para ordenar la rendición de fondos abonados a las distintas entidades, en el marco de las normas vigentes, de la Administración Pública Provincial”, dicen los fundamentos del decreto, donde además se subraya que “la rendición de cuentas presenta entonces un aspecto económico contable y un aspecto jurídico”.
Ello implica la demostración cabal y documentable de las operaciones acabadas con determinado resultado, sin alterar con esto, la naturaleza. “Lo esencial es que ella concuerde, sustancialmente, con los libros de quien rinde la cuenta, y se agreguen los respectivos comprobantes”, señala el decreto.