Florencia Mansilla, intentan revocar su excarcelación

El Código Procesal Penal no contempla a la parte querellante para la presentación de una apelación en el caso de la excarcelación. Frente a esto, la abogada querellante pide que se declare inconstitucional ese artículo de la Ley provincial 168 y se revoque la excarcelación que benefició a Florencia Mansilla.

RIO GRANDE.- La abogada Adriana Varisco, representante de la familia de Alexis Baciocchi que se constituyó como parte querellante en la causa del homicidio del que resultó víctima este joven; materializó la presentación de un recurso de apelación ante la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones, para intentar que se revierta el beneficio de excarcelación que fue otorgado a la acusada en éste hecho, Florencia Mansilla.

El recurso presentado tiene un obstáculo: La ley provincial 168 de Código Procesal Penal, en su artículo 305, señala que la concesión o negación de la “exención de prisión o la excarcelación será apelable por el Ministerio Público Fiscal, el defensor o el imputado, sin efecto suspensivo”; por lo tanto no contempla a la parte querellante.

En su presentación, la Dra. Varisco hizo un planteo de inconstitucionalidad del artículo 305, de manera que será clave lo que resuelvan los Camaristas sobre este punto. En caso de no hacer lugar a lo planteado, no dictarán una sentencia sobre el fondo de la cuestión que es rechazar el recurso de excarcelación.

Cabe indicar que en el escrito, la abogada hace una profunda crítica al papel desempeñado por la fiscal Laura Urquiza, quien no se opuso a que sea otorgada la libertad de Florencia Mansilla, bajo el beneficio de la excarcelación.

Para la Dra. Varisco existe una “errónea interpretación de la perspectiva de género” y agrega: “Esta parte no desconoce la perspectiva de género y el reconocimiento de los derechos protectorios de las mujeres en los últimos años, pero no deja de asombrar que quien debe investigar la autoría y la responsabilidad que debería caberle por el delito cometido, y por ende, la persecusión penal o el deber de acusación, antepone la visión de las perspectiva de género por sobre los derechos de la víctima”.

En el recurso de apelación, la abogada querellante puntualiza que Florencia Mansilla “está libre solamente por su condición de mujer, que es el fundamento que hace la fiscal Urquiza para consentir la excarcelación, habla de su vulnerabilidad desde una perspectiva de género. Se refuta eso porque no se tiene en cuenta a la víctima”.

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