El Ejecutivo Municipal vetó el proyecto de fomento a la producción de cerveza artesanal

El Ejecutivo Municipal sumó un veto más a los proyectos sancionados por el Concejo Deliberante.

Desde el Municipio, se procedió al veto parcial del proyecto que fue impulsado por el concejal radical Paulino Rossi, y lo hizo en función de lo que establece el Código Urbano de la ciudad, considerando que el asunto aprobado está en conflicto con esa normativa.

RIO GRANDE.- El Ejecutivo Municipal sumó un veto más a los proyectos sancionados por el Concejo Deliberante y en este caso es el referido a la instalación de plantas para la elaboración de cerveza artesanal, el cual fue concebido para regular una actividad que crece en la Provincia, considerado un salida laborable.

Desde el Municipio, se procedió al veto parcial del proyecto que fue impulsado por el concejal radical Paulino Rossi, y lo hizo en función de lo que establece el Código Urbano de la ciudad, considerando que el asunto aprobado están en conflicto con esa normativa.

En los fundamentos del veto parcial, en el Ejecutivo Municipal consideran que la “elaboración de cerveza artesanal no requiere de una gran dotación de mano de obra, diluyendo la certidumbre de que dicha actividad promueva la creación significativa de puestos de trabajo”.

Sostiene que el plan urbanístico declarado en la ordenanza 2863 regula las ubicaciones de las distintas actividades comerciales de la ciudad de acuerdo a los diferentes usos que se haga de los mismos. Y en tal sentido, “queda prohibido en zona microcentro, centro, residencial 2 y residencial 6, la las industrias artesanales porque atenta contra el correcto desarrollo urbano-territorial”.

El Decreto del Ejecutivo indica que el “artículo 9 del proyecto aprobado permite la radicación de tales emprendimientos en cualquier punto de la ciudad, al amparo de un régimen de promoción, en tanto en cuanto tales actividades no generen contaminación ambiental o sonora”.

Recuerda que el “código urbano prevé 15 zonas permisibles dentro del ejido urbano, en las cuales se establecen los diferentes usos y de acuerdo a éstos, se contemplan los parámetros a tener en cuenta para el funcionamiento de tales actividades” y agrega que “no resulta suficiente que las actividades pretendidas no generan contaminación ambiental o sonora, sino que además las mismas deben respetar los parámetros fijados en la ordenanza de mención para los usos permitidos; compatibles y condicionados”.

En tanto, otro artículo objetado del proyecto aprobado es el 3, donde se prevé que “la superficie de las salas de elaboraciones de cerveza artesanal sea hasta un máximo de 200 metros cuadrados, desvirtúa la finalidad tenida en mira por la ordenanza 2863, habida cuenta que una actividad de esa naturaleza hace suponer la elaboración de dicho producto a escala industrial”.

Indica que el “régimen de Promoción de Producción de Cerveza Artesanal no consiste simplemente en la definición de un límite de metros cuadrados para la instalación de cervecerías artesanales, ni tampoco a la apertura para instalar este tipo de actividad en cualquier zona de la ciudad, sino contemplar las áreas idóneas para dichos usos, que acompañe el ordenamiento urbanístico de nuestra ciudad”.