Aciar: “La desestimación de la multa a las automotrices no afecta la denuncia por sobreprecios”

El abogado Raúl Aciar aclaró que la desestimación de la Justicia de la multa por supuesta “cartelización” o concentración de precios de las automotrices, no afecta la denuncia de cientos de demandantes fueguinos por el cobro de sobreprecios en la compra de automóviles en la isla. Según el fallo “la prueba es insuficiente para probar la cartelización, no para probar que efectivamente se ha comercializado y se continúa comercializando con sobreprecios”, dijo el letrado que impulsa la demanda colectiva.


RIO GRANDE.- La Justicia revocó una multa multimillonaria que la Secretaría de Comercio había aplicado a varias automotrices por el delito de supuesta “cartelización” en los precios de venta de sus automóviles en Tierra del Fuego. Sin embargo, para el abogado Raúl Aciar, el impacto de la sentencia es “mínimo” respecto de la cuestión que les interesa, que es el sobreprecio que se cobra a los consumidores fueguinos.

“La multa en realidad es algo que a nosotros nos interesa poco y nada porque es una cuestión entre el Estado Nacional y los fabricantes de automotores; nosotros lo que promocionamos y denunciamos fue una cuestión que en principio se mencionó como concentración o cartelización de precios que fue lo que llevó a la no diferencia de precios del territorio continental respecto al área aduanera especial de Tierra del Fuego”, explicó el letrado en Radio Nacional Ushuaia.

Y en este sentido expresó que “la prueba que forma parte del estudio contable y actuarial que se hizo en el área de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, no se ve alterada por este fallo”.

De hecho asegura que “esa prueba, que es justamente la prueba de que se han cobrado sobreprecios, es la prueba que utilizamos en nuestro reclamo. Por eso el fallo tiene una incidencia que en lo que nosotros estamos buscando es mínima, porque la Cámara Federal no destruye, no anula ni deja sin efecto la prueba sino que la considera válida”, destacó.

De esta manera según el fallo, la prueba es insuficiente para probar la cartelización, no para probar que efectivamente se ha comercializado y se continúa comercializando con sobreprecios. “Lo que dice La Nación es una parte de lo que se debatió, si hubo o no un acuerdo entre todos los fabricantes para acordar los precios, y en este sentido la sentencia dice es que no parece probado que haya habido un acuerdo, pero no se dice que no se haya probado que ha habido sobreprecios”, detalló Aciar.

Y agregó: “Es una cuestión empírica, sobreprecios existen, y cualquiera que haya vivido hace unos años en Tierra del Fuego, sabe que hemos comprado autos con precios siempre más baratos, por lo tanto esto no se conmueve”.
Los sobreprecios

Aciar explicó detalladamente cómo funciona el mecanismo por el cual las empresas cobran los autos en Tierra del Fuego al mismo precio que en el continente, y en algunos casos todavía más caros. De esta manera aclara que el tema del aumento de precios no se ha considerado en relación a la 19.640.

“Los fabricantes argumentan una cuestión de importar un lote muy grande de autos a Argentina, suponiendo que importan mil autos y de ellos destinan 30 a Tierra del Fuego, sostienen que se les hizo engorroso respecto de esos 30 no pagar los impuestos nacionales, cosa que no se paga en Tierra del Fuego. Entonces lo que hacen es ingresarlos por Buenos Aires, luego los mandan a la provincia, y como ya pagaron los impuestos al haber nacionalizado el automotor en Buenos Aires, se los cobran al consumidor en Tierra del Fuego”, detalló.

Eso equivale a decir “yo no cumplo con la Ley 19.640”, dijo Aciar quien además sostuvo que “cualquier empresa puede importar directamente a Tierra del Fuego, cosa que si han hecho algunas de las marcas, y si una puede por qué la otra no. Esto lo que hace es contrariar el derecho del consumidor fueguino, que es que todo lo que es impuesto nacional está exento, si la empresa lo pagó es su problema, el consumidor no lo debe pagar”.

“La sentencia lo que dice es que este fue un mecanismo que se implementó así por una dificultad de logística y de hacer importaciones a Tierra del Fuego, lo cual es una barbaridad, algo que deteriora totalmente esto que viene como cambio de paradigma en el nuevo Código Civil que es el enaltecimiento de los derechos del consumidor”, añadió.

En este orden agregó que “lo que dice es que en Tierra del Fuego no se facturó el IVA, lo cual no es ninguna novedad, el tema es qué precio se cobró, porque si en Salta le facturan el IVA y le venden un auto a diez pesos, y en Tierra del Fuego no le facturan el IVA y le venden el mismo auto al mismo precio, usted debe preguntarse, dónde está la diferencia. Hace unos cuantos años nosotros comprábamos un auto más barato, y esa diferencia eran los impuestos”.

Y consideró que la conducta de las agencias no ha cambiado. “Esta cuestión nunca ha cambiado a pesar de las denuncias y si usted va a una agencia le van a decir que incluso hay algunos autos que cuestan más caros que en Buenos Aires, y esa es nuestra búsqueda, además de la devolución de los sobreprecios es que vuelvan los precios a su sitio normal”.

Para el abogado Raúl Aciar el impacto de la sentencia es “mínimo” respecto de la cuestión que les interesa, que es el sobreprecio.
Para el abogado Raúl Aciar el impacto de la sentencia es “mínimo” respecto de la cuestión que les interesa, que es el sobreprecio.