Absolvieron a Tejada Leiva en un hecho en el que policías mintieron sobre una persecución

El procedimiento de la comisaría Tercera en julio del 2016.

El hecho se registró el 21 de julio del 2016 cuando que tres sujetos de frondoso prontuario fueron detenidos por agentes de la comisaría Tercera cuando salían de la zona de Chacra II con elementos robados. Los policías señalaron que hubo una persecución, lo que fue desmentido por cámaras de seguridad en la zona, y allí la causa comenzó a desbaratarse.

RIO GRANDE.- El hecho se produjo en una vivienda de calle Liniers de la cual se llevaban numerosos elementos en un automóvil que fue demorado por personal de la comisaría Tercera cuando salían de Chacra II por la avenida San Martín.

Los efectivos policiales declararon que hubo una persecución, y luego en sede judicial hubo contradicciones entre ellos, hasta que finalmente siete meses después de incomprensible demora, la Policía aportó las cámaras de seguridad de la zona que desmintieron que existió persecución alguna.

Ante ello, salieron libres Miguel Tejada Leiva, su hijo Renzo Tejada y Mauro “Tucu” Velardez; detenidos desde el día del hecho.

Ahora el Tribunal de Juicio Oral resolvió esa causa en omisión de debate donde finalmente terminó por caerse la acusación de “robo agravado en poblado y en banda”.

Solo dos condenados

El imputado Miguel Tejada Leiva, quien conducía el automóvil, declaró que su hijo Renzo le mandó un mensaje que lo pasara a buscar, ya que estaba por la zona en un taller cercano.

Que al llegar lo encuentra con Velardez y que estaba con un montón de cosas, por lo que habrían tenido una discusión.

El abogado de Tejada padre, el Dr. Lucas Sartori, solicitó diversas medidas de prueba que respaldaron su versión, entendiendo el Tribunal que no se pudo acreditar su presencia o participación voluntaria en el hecho, por lo que fue absuelto, dado además que se confirmó que nunca existió una persecución.

A partir de esa absolución, se cayó el agravante del “robo en poblando y en banda”, ya que no hubo participación de tres personas o más, por lo que Renzo Tejada y Mauro Velardez fueron condenados a seis meses de prisión, que anexados a otras condenas que poseen, se unificó en un año de prisión de cumplimiento efectivo.

Esa pena fue considerada purgada a partir de que estos sujetos estuvieron siete meses detenidos en aquella oportunidad, hasta que se establecieron las versiones contradictorias que brindaron los policías.