La decisión fue adoptada con el voto de los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, en tanto que Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda se expresaron en disidencia.
BUENOS AIRES (NA).- La Corte Suprema declaró aplicable el cómputo del 2×1 para la prisión en un caso de delitos de lesa humanidad, al tener en cuenta que por cada día de prisión sin condena firme se lo consideraba doble.
Según se informó, el fallo declaró aplicable la ley 24.390 (conocida como 2×1), que estuvo vigente entre los años 1994 y 2001, hoy derogada, que reduce el cómputo de la prisión, porque se trata de la ley más benigna. Los jueces Lorenzetti y Maqueda -quienes quedaron en minoría- señalaron que esa reducción no es aplicable a los delitos de lesa humanidad.
La sentencia fue dictada en el caso de Luis Muiña, quien en 2011 fue condenado a 13 años de prisión por ser «coautor del delito de privación ilegal de la libertad» e «imposición de tormentos» en cinco casos.
Fue por la irrupción bajo las órdenes de Reynaldo Bignone de irrumpir en el Hospital Posadas de Haedo el 28 de marzo de 1976, hecho por el cual hubieron personas desaparecidas.
En un voto conjunto, los jueces Rosenkrantz y Highton consideraron que el beneficio de la aplicación de la ley penal más benigna, que surge del Código Penal, resulta extensivo a todos los delitos. Los magistrados plantearon que esa posición es «aquella internacionalmente aceptada, incluso para el caso de los delitos de lesa humanidad», según se informó.
A su vez, el juez Rosatti sostuvo que «si el legislador no previó un régimen diferenciado que excluyera la aplicación de la ley penal más benigna a los delitos de lesa humanidad no lo puede hacer ahora el juez».
Por su parte, Lorenzetti y Maqueda afirmaron que según otros fallos de la Corte, con respecto a los delitos de lesa humanidad no hay «posibilidad de amnistía» ni de «indulto» ni se «aplica a ellos el instituto de la prescripción», por lo que «la ejecución de la pena» debe mantenerse.
Muiña fue condenado por delitos de lesa humanidad cometidos en el Hospital Posadas, donde funcionó un centro clandestino de detención. En ese proceso recibió su tercera condena el último dictador de las juntas militares que gobernaron el país entre 1976 y 1983, Reynaldo Bignone, a 15 años de prisión.
El fallo del tribunal oral federal 2 también condenó a ocho años de prisión domiciliaria al ex brigadier de la fuerza aérea Hipólito Rafael Mariani, cuya detención se ordenó en el acto, y a 13 años a Muña, quien custodiaba el hospital. Los casos por los que se condenó a Muña fueron los de Gladys Evarista Cuervo, Jacobo Chester, Jorge Mario Roitman, Jacqueline Romano y Marta Elena Graiff.
Controvertido fallo
Con el fallo de la Corte Suprema, todos los procesados y condenados por delitos de lesa humanidad que hayan estado más de dos años presos sin condena firme podrán pedir este beneficio. Según cifras de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, existían a principios de marzo pasado un total de 2.780 personas imputadas por delitos de lesa humanidad perpetrados durante la última dictadura, de las que 827 fueron condenadas, aunque sólo el 25 por ciento de las condenas está firme.
La ley del 2×1 fue derogada en 2001, pero al ser una ley penal más benigna beneficia a todas las personas que hayan cometido delitos antes de esa fecha y en los casos de lesa humanidad los comprende a todos porque las conductas que se juzgan son anteriores a diciembre de 1983.
Con este fallo -el primero del máximo tribunal sobre el tema-, la Corte deja en claro que la derogada ley 24.390 (popularizada como 2×1) se aplica sin interesar el delito por el que se haya condenado.
Lo único que puede generar cierto debate es que el fallo fue dictado por mayoría (3 a 2) y tiene menos fuerza como jurisprudencia, pero difícilmente un tribunal se oponga a su aplicación. Por lo general, la tramitación de las causas superan el plazo de dos años sin sentencia, debido al tiempo que insumen las instancias intermedias que atraviesan los procesos: tribunal oral, Casación y, finalmente, la Corte.