Compensación a empresas de transporte

En el marco de la pandemia el Gobierno estableció una ayuda de 50 millones de pesos para las empresas de transporte de larga distancia.

Beneficiarán a las empresas que hayan prestado servicios de naturaleza humanitaria en la cuarentena.

BUENOS AIRES (NA).- El Gobierno estableció ayer una compensación de emergencia por hasta 50 millones de pesos a las empresas de transporte automotor de pasajeros de larga distancia, que hayan prestado servicios “de naturaleza humanitaria” en el marco de la cuarentena.
La decisión se tomó en el marco del Régimen de Compensaciones Tarifarias al Transporte Automotor de Pasajeros de Larga Distancia, y se formalizó por medio de una resolución del Ministerio de Transporte publicada en el Boletín Oficial.
Para concretar la compensación, la Subsecretaría de Transporte Automotor requerirá una declaración jurada a cada una de las compañías, a manera de rendición del gasto efectuado, en la que se detallen los traslados realizados, indicando su origen y destino, las paradas efectuadas y los kilómetros recorridos.
Según lo dispuesto, los datos serán remitidos a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) para su control: ese organismo informará si el servicio fue efectivamente prestado, si los kilómetros informados se corresponden con los requeridos para el traslado de marras y, a la vez, comunicará la tarifa kilométrica a aplicar.
La transferencia de las compensaciones será efectuada a una cuenta bancaria abierta en el Banco Nación, bajo titularidad de la empresa prestataria o, en su caso, a las cuentas bancarias de los cesionarios o fiduciarios, a las cuales se hubieren transferido las acreencias, de acuerdo con el texto oficial. .
El Poder Ejecutivo justificó esta medida al señalar que “en atención a los efectos de la pandemia en toda la cadena de valor vinculada a las empresas de capitales privados que operan como permisionarias del sistema de transporte por automotor interurbano de pasajeros, a la colaboración por ellas prestada para concretar el retorno de los ciudadanos repatriados a sus lugares de residencia, a lo que se suma que las mismas no reciben asistencia del Estado Nacional, corresponde proceder a compensar el costo de los traslados efectuados por estrictas razones de naturaleza humanitaria”.