Cautelar a favor de conejos del CADIC

El juez Federal Federico Calvete se declaró competente para actuar en la presentación que hicieron las protectoras de animales contra el CADIC, por la intención de las autoridades de ese organismo de exterminar conejos que están plagando terrenos donde están sus instalaciones.

Los conejos del CADIC quedaron a resguardo.

USHUAIA.- El juez Federal Federico Calvete dictó una medida cautelar innovativa en el marco del amparo presentado por la letrada Griselda Engelhard en representación de AFADA y ARAF contra el CADIC por la intención de exterminar los conejos que viven en el complejo científico.
El Magistrado ordenó suspender las medidas directas dispuestas por el CADIC que implican la matanza de los conejos de castilla que habitan en el edificio de esta institución científica, mientras dure la tramitación de la causa y se resuelve la cuestión de fondo.
Asimismo, el juez Calvete convocó a una audiencia a celebrarse en el SUM del Tribunal a fin de consensuar la modalidad de ejecución del proyecto propuesto por las asociaciones protectoras de animales, a la que deberán concurrir las autoridades de cada una de partes intervinientes con facultades suficientes, el profesional responsable del proyecto, las autoridades pertinentes del gobierno provincial, de la Municipalidad de Ushuaia y del COE (Comité Operativo de Emergencia), como así también al Fiscal Federal.
La fecha será notificada una vez que se coordine la posibilidad de concurrencia de los funcionarios que corresponda, y deberá cumplirse en tal oportunidad con los protocolos de distanciamiento social y uso de tapabocas en forma obligatoria.

La propuesta
En su escrito el juez Calvete destaca que las protectoras aportaron “una nueva propuesta para resolver el problema de fondo, consistente en un Método de Control Poblacional Ético, que voy a renombrar ‘Proyecto Anexo A’, consistente en la castración de los conejos, y su posterior reinserción al medio”.
El Magistrado relató que “a su turno, la parte demandada (el CADIC) al responder el informe del artículo 8 requerido en los términos del procedimiento de amparo nada dijo respecto de la medida precautoria peticionada, mas dio extensa y fundada explicación de las razones y estudios realizados en forma previa a decidir el plan de acción respecto de los conejos de castilla, que la parte actora cuestiona”.
Oportunamente, “la demandada también rechazó la Propuesta Anexo A; en este estado, y habiendo dispuesto transformar la acción incoada en un proceso ordinario, corresponde merituar la pretensión cautelar formulada ab initio, y sobre la cual el Sr. Fiscal Federal se expresara en sentido favorable, según luce en el dictamen Nro. 104/2020, decisión que considero procedente atento que la sentencia definitiva en la presente causa ha de demorarse, y las consecuencias serán irremediables de no intervenir en el sentido peticionado por la parte actora”.
El Juez Federal explica en su fallo que “es por ello que he de hacer lugar al pedido cautelar oportunamente instado, pero además -y en forma conjunta- he de disponer que mientras tramita la causa, la parte actora ejecute su propuesta, a fin de determinar la viabilidad y eficacia del procedimiento sugerido, que se encuentra avalado por un profesional veterinario, y que eventualmente podrá ser tenido en cuenta como alternativa definitiva”.

Proyecto Anexo A
El plan de acción propuesta por las protectoras y que el Magistrado identifica como “Proyecto Anexo A”, es el siguiente:
1).- Captura Manual de los ejemplares existentes en el predio del CADIC: Se realizará con la colaboración desinteresada de miembros de la ARAF y luego se ubicará a los conejos en jaulas (especialmente diseñadas) teniendo en cuenta la especie y la cantidad de ejemplares.
Dichas jaulas serán utilizadas para la “captura, traslado y procedimiento prequirúrgico” de la castración de los ejemplares capturados en el predio del CADIC.
2).- Luego de la captura: Los conejos serán trasladados hasta un predio de la ciudad de Ushuaia, donde se alojarán definitivamente los ejemplares, ya que después de la castración, esa porción de ejemplares, estará controlada.
3).- Un Médico Veterinario -el Dr. Alejandro Hiriart y se suma la médica veterinaria Patricia Permetei- se compromete a la castración de los ejemplares, tanto machos como hembras capturados en el predio del CADIC, mediante la utilización del método ético recomendado por el mismo.
4).- Solicitamos se intime al Organismo Competente: Ministerio de la Producción y Ambiente, la Secretaría de Ambiente (con domicilio en calle San Martín N° 1401), y la Dirección de Áreas Protegidas y Biodiversidad de Ushuaia del Gobierno Provincia de Tierra del Fuego para que adopte las medidas tendientes a controlar la población del “Conejo de Castilla” mediante la ‘Esterilización o Castración’ de los mismos a fin de dar cumplimiento al “Principio de Subsidiariedad” establecido en la Ley General del Ambiente, Ley Nacional de Fauna N° 22.421 y leyes provinciales.
Inclusive, ofreciéndole al Juez que si el CADIC no quiere hacerse cargo económicamente, ARAF también va a pagar lo que le corresponde pagar al Estado.