Se reglamentó la ley de defensa de los activos del fondo de garantía de sustentabilidad de la ANSES

El Gobierno nacional oficializó ayer la reglamentación de la ley 27.574 de defensa de los activos del fondo de garantía de sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

BUENOS AIRES (NA).-  La reglamentación se instrumentó mediante el Decreto 1041/2020 que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y los ministros de Trabajo, Claudio Moroni; y de Economía, Martín Guzmán.

Solo los artículos 11 y 23 fueron reglamentados por el Gobierno con aclaraciones y explicaciones de cuestiones puntuales.

En el artículo once se estableció la reanudación del cobro de las cuotas Créditos ANSeS se hará desde el 1 de diciembre de 2020, a partir de la cuota siguiente que correspondía abonar al tomador o a la tomadora del crédito cuando quedó suspendido el pago.

Se ordenó respetar las condiciones financieras originales en las que el crédito fue otorgado, con las modificaciones acordadas que hubieran favorecido al deudor o a la deudora, sin que se efectúe capitalización ni se devenguen intereses en los créditos vigentes cuyos cobros hayan sido suspendidos a partir del 1 de enero de 2020 hasta la fecha de su efectiva reanudación.

Por otro lado, se dispuso que los directores designados por el Poder Ejecutivo en aquellas sociedades cuyas acciones integran la cartera de inversiones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad serán considerados funcionarios públicos.

A partir de la nueva norma, ese programa será financiado con los recursos del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Tesoro, con el fin de proteger los activos del FGS, un fondo anticíclico que ronda actualmente los 35 mil millones de dólares.

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