Por avasallar la autonomía provincial

El Gobierno solicita a Nación se derogue decreto que genera la reserva natural en Isla de los Estados. Se trata del  decreto firmado por Mauricio Macri, que colisiona jurídicamente con normas de mayor jerarquía, como leyes nacionales y hasta la propia Constitución nacional.

En 2016, el Gobierno nacional pretendió crear la Reserva Natural Silvestre Isla de los Estados y Archipiélago de Año Nuevo.

RIO GRANDE.- A través del Ministerio de Producción y Ambiente, el Gobierno avanza junto al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación en la derogación del decreto    nacional    929/2016    por    el    cual se pretendió crear la    Reserva Natural Silvestre Isla de los Estados y Archipiélago de Año Nuevo.
La determinación de avanzar en su derogación se fundamenta en que la iniciativa encarada por la gestión provincial anterior con el apoyo del gobierno de Mauricio Macri, plantea “ilegitimidad e inconstitucionalidad”.
“Ese Decreto es un avance ilegítimo sobre el territorio provincial, fue sancionado por el expresidente Macri y avalado por el silencio de la gestión de Rosana Bertone”, afirmó la titular de la cartera provincial, Sonia Castiglione, al entender que “claramente, este decreto nacional fue nocivo para Tierra del Fuego, ya que avanza sobre la autonomía fueguina”, por lo que se considera “fundamental” dar el paso de la derogación, algo que desde el gobierno de Alberto Fernández se ve también con buenos ojos.
En una misiva enviada por la ministra Castiglione al ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, Juan Cabandié, se advierte    que    el    artículo    1º    de    dicho decreto nacional …”es violatorio del artículo 54º, inciso 7º, último párrafo de la Constitución de la Provincia de Tierra    del    Fuego,    Antártida    e    islas    del    Atlántico    Sur;    además    de    ello,    es    lesivo    de    la autonomía    provincial    y    de    los    principios    de    la    forma    federal    de    gobierno    reconocidos por la Constitución Nacional (artículos 1º y 41º, párr. 3º)”.
Además en    la ley nacional 22.351, artículo 3º, se expresa que: “La    creación    de    nuevos Parques    Nacionales,    Monumentos    Naturales    o    Reservas    Nacionales,    en territorio de una provincia, sólo podrá disponerse previa cesión de la misma a favor      del      Estado      nacional,      del      dominio      y      jurisdicción      sobre      el      área respectiva.[…]”. Dicho    procedimiento    nunca    se    efectuó.
Por su parte, se recuerda que la Constitución provincial, en su artículo 2º, expresa que: “La    Provincia    tiene    los    límites    territoriales    y    los    espacios    marítimos    y aéreos que por derecho le corresponden, de conformidad con los límites internacionales de la República Argentina. Cualquier modificación de los límites deberá ser autorizada por ley especial aprobada por las tres cuartas partes de los miembros de la Legislatura y sometida a consulta popular”.
A su vez, el artículo 54º, inciso 7º, último párrafo, expresa que: “[…] Declárase a la    Isla    de    los    Estados,    Isla    de    Año    Nuevo    e    islotes    adyacentes,    patrimonio    intangible    y permanente    de    todos    los    fueguinos,    “Reserva Provincial      Ecológica,      Histórica      y Turística”.    Como    puede    observarse    la    Reserva    Provincial    tiene    reconocimiento constitucional.
Además, a    través      de diferentes      instrumentos      normativos      se      logra    acreditar que      existía      con anterioridad    al    dictado    del    Decreto    Nacional    Nº    929/2016,    una    Reserva Provincial con reconocimiento constitucional. Dicha    Reserva    Provincial    se    creó    mediante    el    artículo    54º,    inciso    7º    de    la Constitución Provincial.
También    es    dable    mencionar    que,    la    Secretaría    de    Desarrollo    Sustentable    y Ambiente    de    la    Provincia,    por    Resolución    Nº    586/08,    creó    la Comisión Asesora de la Reserva Provincial Isla de los Estados, integrada por      el      Gobierno      Provincial,      la      Armada      Argentina,      el      Centro      Austral      de Investigaciones Científicas, Administración de Parques Nacionales y la Prefectura Naval.
Por su parte, la Constitución Nacional reserva a las provincias el dominio originario de sus recursos naturales, al expresar en el artículo 124°, que:    “[…] Corresponde    a    las    provincias    el    dominio    originario    de    los    recursos    naturales existentes en su territorio”.   
Ante ello, se entiende que el Gobierno nacional tenía conocimiento de la existencia de la Reserva Provincial Isla de los Estados, por lo que no podía crear por decreto, en forma ilegítima, una Reserva Natural de jurisdicción nacional en dicho territorio, sin que ello    generase    un    grave    daño    en    las    relaciones    interinstitucionales    entre    el    Gobierno nacional y el Gobierno provincial.
Frente a estos antecedentes normativos, desde el Gobierno provincial se entiende que el    decreto    nacional    929/2016,    colisiona jurídicamente con normas de mayor jerarquía, como leyes    nacionales y la propia Constitución    nacional.