Ley de industrias creativas

Con beneficios impositivos y un fondo de fomento, el Gobierno envió un proyecto a la Legislatura para “desarrollar e incentivar” las industrias creativas. Música; cine, teatro, turismo y software son algunas de las actividades que recibirán financiamiento especial.

Música; cine, teatro, turismo y software son algunas de las actividades que recibirán financiamiento especial.

USHUAIA.- En Argentina las actividades vinculadas a las Industrias Creativas (IC) agrupan a 10.500 empresas y a 180.000 trabajadores.
El empleo vinculado a este sector creció un 65% entre el período 2007-2017, frente al resto de la economía, la que tuvo crecimiento inferior al 20% (Fuente SIPA).
Por otro lado, las ventas crecieron en el periodo antes citado un 70%, frente a un crecimiento general del 12% (Fuente AFIP).
Finalmente, las Industrias Creativas (ÍC) representan el tercer complejo exportador de nuestro país, alcanzado en el año 2017 una cifra cercana a los US$ 5.900 M, lo que representa UDS 33.000 por trabajador (el promedio de la economía es 12.000 por trabajador).
En base a estos datos, el Gobierno fueguino elevó a la Legislatura un proyecto de ley para “desarrollar, fomentar, incentivar y proteger las industrias creativas” en Tierra del Fuego, entendiendo que “el desarrollo de las Industrias Creativas (IC) constituye un potencial sumamente relevante para nuestra Provincia”.
El concepto de Industrias Creativas (IC) representa una pluralidad de disciplinas culturales y artísticas vinculadas con diversos campos creativos y con el mercado, e incluye a aquellos sectores de actividad organizada que tienen como objeto principal la producción o la reproducción, la promoción, la difusión o la comercialización de bienes, servicios y actividades de contenido cultural, artístico o patrimonial.
“Dichas industrias comprenden los sectores que conjugan creación, producción y comercialización de bienes y servicios basados en contenidos intangibles de carácter cultural y/o aquellos que generan protección en el marco de los derechos de autor, tales como los sectores editoriales, audiovisuales, fonográficos, de artes visuales, de artes escénicas y espectáculos, de diseño, de turismo y patrimonio cultural material e inmaterial, de educación artística y cultural, de diseño, publicidad, contenidos multimedia, software de contenidos y servicios audiovisuales interactivos, moda, entre otras”, enumera el proyecto.
Desde el Gobierno argumentan que las industrias creativas “se están convirtiendo en un sector estratégico para el desarrollo productivo, la competitividad y el empleo, además de contribuir a la cohesión social, la promoción de la diversidad cultural, la circulación de información y conocimientos, y la generación de valores y sentido de pertenencia”.
“Estas industrias contemplan a las actividades productivas más dinámicas, con alto valor agregado. A través del talento intensivo, desarrollan y facilitan la adopción de nuevas tecnologías y tienen potencial para mejorar transversalmente la productividad de todos los sectores y favorecer la creación de empleo”, agrega la propuesta.

Fondo de Producción
Para impulsar a este sector, el proyecto del Gobierno establece la creación de un “Fondo de Producción para las Industrias Creativas”, de carácter permanente y cuya administración y control estará a cargo de la autoridad de aplicación, rol que recae en el Ministerio de Industria, según la normativa.
El Fondo de Producción para las Industrias Creativas estará conformado por las siguientes fuentes de financiamiento: las partidas que anualmente asigne a través del Presupuesto de la administración pública provincial; el recupero de créditos asignados de acuerdo a la presente ley, en los casos donde pudiera corresponder; las contribuciones, legados y donaciones, que específicamente se le otorgan o destinan; los aportes eventuales de las jurisdicciones nacionales y municipales; y los excedentes del ejercicio anterior.
Los recursos del Fondo de Producción para las Industrias Creativas se destinarán a: créditos en condiciones de fomento; subsidios, becas y asistencia técnica; provisión de información y servicios necesarios para las producciones; desarrollo de programas de capacitación de recursos humanos; organización de concursos y otorgamiento de premios.
Para calificar y lograr la aprobación de proyectos, se priorizarán los siguientes criterios: generación de empleo local; vinculación con el territorio en sus distintas dimensiones; producciones desarrolladas en la Provincia y antecedentes de cumplimiento de las obligaciones contraídas en el marco de la presente ley, en el caso de beneficiarios de convocatorias anteriores.
“Serán beneficiarios de los instrumentos promocionales establecidos en la presente Ley, las personas humanas o jurídicas cuyos proyectos justifiquen efectivas inversiones, generación de empleo y desarrollo en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur”, especifica el artículo 10 de la ley.
De acuerdo al proyecto, para acceder al beneficio de créditos de fomento “el beneficiario deberá constituir garantías a favor del Estado Provincial por el 100% del valor del crédito a otorgar. Las mismas serán evaluadas y aprobadas por el Banco de Tierra del Fuego, quien actuará como agente financiero”.
“Los Ingresos Brutos derivados de las actividades directamente vinculadas a los proyectos aprobados por la autoridad de aplicación, están exentos del pago del impuesto hasta un plazo máximo de cinco (años. Los beneficios impositivos del presente régimen son intransferibles”, agrega el articulado del proyecto.
Además, la iniciativa detalla que la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) reglamentará el procedimiento para el otorgamiento de las exenciones previstas en la ley.