El juez Guillermo Penza hizo lugar a la exclusión de la tutela sindical al dirigente Horacio Catena

La decisión del Magistrado surgió por el pedido formulado por el fiscal de Estado, Virgilio Martínez de Sucre, quien tenía esa orden en el decreto que firmó la exgobernadora Fabiana Ríos, y por el cual se dispuso la sanción de exoneración al representante del SUTEF y de la CTA.
USHUAIA.- El juez Laboral, Guillermo Penza, hizo lugar a la acción de exclusión de tutela sindical promovida por el Gobierno contra Horacio Catena, secretario general del gremio docente del SUTEF y de la Central de Trabajadores Argentinos; que fue promovida por la exgobernadora Fabiana Ríos, al dictar el Decreto 3004/15 donde estableció la medida de exoneración del gremialista.

La decisión del juez Penza puede ser apelada por el dirigente sindical, sin embargo, es un avance a la posibilidad que Catena sea despedido de la administración pública, en base a los hechos que ocurrieron durante la toma de Casa de Gobierno (mayo de 2013) y por el cual recibió una condena de dos años de prisión, cuyo cumplimiento se dejó en suspenso.

El pedido de exclusión de la tutela sindical fue presentado por el doctor Virgilio Martínez de Sucre, en su carácter de fiscal de Estado (apoderado judicial de la Provincia), con el patrocinio letrado del doctor Gerardo García Biaus y se hizo con carácter de acción sumarísima.

En su resolución, el juez Penza señala que “no se advierte efectivo indicio alguno.., que permita presumir que la sanción declarada por la actora responda a un acto persecutorio en razón de la calidad de representante sindical que ostenta” Horacio Catena, por lo tanto, el argumento esgrimido en su defensa, no fue valorado por el Magistrado.
La presentación

Catena “ha sido hallado responsable de gravísimas imputaciones vinculadas a un suceso sin precedentes… que ha comprometido la seguridad y el orden público. También se comprobaron a su respecto conductas que son incompatibles con el comportamiento que debe observar un agente del Estado, en especial tratándose de personal docente”.

Al dirigente sindical se le inició un sumario administrativo por dos hechos, uno por “intimidación y violencia” y otro por “daños materiales” y fue en el primero en el cual la investigación avanzó y se dispuso la sanción de exoneración, lo que dio lugar a la exgobernadora Fabiana Ríos a materializar la sanción.

En el sumario (número 74/13), se le reprochó a Catena “haber dirigido y comandado a grupos de personas que confrontaron con violencia con uniformados que formaban un cordón policial. También se lo acusó de haber arrojado una patada a un efectivo y luego empujado (ayudado por otros) un andamio metálico contra efectivos policiales”.

El Fiscal de Estado, al hacer su presentación, subraya que el pedido de exclusión de la tutela sindical “no tiene por objeto perseguirlo o discriminarlo por su actuación gremial, sino por el contrario cumplimentar un trámite necesario en orden a la aplicabilidad de la sanción en cuestión en base a los hechos relevantes”, lo cual fue compartido por el Magistrado que dictó la resolución.

Para abundar más en las pruebas contra Horacio Catena, se hace mención a la sentencia dictada el 2 de diciembre del año pasado por el Tribunal Oral en lo Criminal de Ushuaia, que condenó a la pena de dos años de prisión en suspenso “por ser coautor material y penalmente responsable” de los delitos allí consignados “por los hechos cometidos el día 23 de mayo de 2013 en la Casa de Gobierno Provincial”.

El 2 de diciembre del año pasado Horacio Catena fue condenado junto a otros gremialisas, por la toma de Casa de Gobierno, ocurrida en mayo de 2013.
El 2 de diciembre del año pasado Horacio Catena fue condenado junto a otros gremialisas, por la toma de Casa de Gobierno, ocurrida en mayo de 2013.