Gobierno dio de baja adenda con la Asociación Civil Reencontrándonos

A instancias del Tribunal de Cuentas las autoridades de la Obra Social del Estado Fueguino dieron de baja parte del convenio con la organización encargada de la rehabilitación y tratamiento de adicciones. En su informe, el organismo de contralor da cuenta de varias acciones irregulares en parte del contrato rubricado por la expresidenta de la OSEF, Liliana Conti.

Los convenios objetados por el Tribunal de Cuentas habían sido firmados por Stella Lavenia.

USHUAIA.- A partir de un contundente informe del Tribunal de Cuentas la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF) dio de baja una parte del convenio firmado por la anterior gestión a cargo de Liliana Conti con la Asociación Civil Reencontrándonos.
Las autoridades de la OSEF, en base a la observación efectuada por el organismo de control, decidieron modificar una adenda debido a la irregularidad detectada en cuanto a su aplicación, y porque no se registraba una contraprestación efectiva.
Se trata de un acuerdo firmado en 2018 que se estableció por la anterior gestión en el marco del convenio de prestación de servicios asistenciales entre la obra social y la entidad. Pero el Tribunal de Cuentas -en el acta de constatación 569/19- observó irregularidades en su incorporación.
En su resolución, las autoridades de la obra social estatal detallan que “mediante la revisión por las áreas administrativas, técnicas y legales, se procedió a modificar un módulo que fuera observado por el Tribunal de Cuentas debido a que el mismo poseía vicios sustanciales, que significa la obligatoriedad de rescindir dicho módulo”.
“No obstante la modificación de algún convenio en particular, es intención de esta gestión mantener los prestadores para la atención del afiliado, debido al progresivo incremento de necesidades que deben ser atendidas, siempre en un contexto real de contraprestación. Ello fundamentalmente a que la Obra Social no puede pagar subsidios o asistencia sino a un servicio claro para el afiliado”, aclaran.
Además, aseguran que “la obra social tiene la obligación de proteger los intereses del universo de sus afiliados, en el marco del régimen jurídico, prestaciones con lo cual no existen fundamentos económicos y legales que sustenten la vigencia” de la mencionada adenda.
Hubo múltiples observaciones realizadas por el Tribunal de Cuentas de la Provincia, a través de la intervención de sus áreas técnicas, financieras y médicas, poniendo en tela de juicio el desarrollo de esa adenda.