Buscan dar vuelta el fallo que absolvió a El Diente Pérez

USHUAIA.- Lejos de haber llegado a su fin, la causa por el asesinato de Claudio Omar Prada, ocurrido en 2009, tendrá una instancia más de revisión. Esto se da a partir de la Fiscalía y la Querella, presentaron sendos recursos de casación contra la sentencia del Tribunal de Juicio de Ushuaia, que decidió absolver a Diego “El Diente” Pérez como presunto autor intelectual del crimen.

El fiscal Nicolás Arias presentó su recurso de casación días atrás debido a que consideró “arbitraria” la sentencia que benefició a El Diente Pérez, ya que la misma no estuvo fundada por los jueces actuante. Ciertamente el Ministerio Público tiene razón ya que la fundamentación prácticamente fue nula o cuanto menos muy escueta.

El acusado de haber mandado a matar a Claudio Omar Prada en junio de 2009, fue absuelto hace un mes por el beneficio de la duda. Había llegado a juicio detenido tras haber estado con pedido de captura durante 6 años. En la causa se consideraba que Pérez contrató a tres sicarios santafecinos -que actualmente se encuentran condenados a prisión perpetua- para que viajaran a Ushuaia y asesinaran a Prada por diferencias que mantenían relacionada a la venta de drogas.

La justicia de primera instancia relacionaba el homicidio con el supuesto hallazgo de 100 kilos de cocaína a bordo de un velero que era trasladado a España, un año antes.

Tanto el fiscal Nicolás Arias como el abogado querellante Cristian Prada (hermano de la víctima) acusaron a Pérez de haber organizado el asesinato porque “su amigo de la infancia” lo amenazaba por no haberle pagado el producido de la venta del estupefaciente que él había hallado dentro del velero.

Entre las pruebas recolectadas por la Justicia figuraban varios llamados telefónicos entre el Pérez y los sicarios, uno muy puntual de 24 segundos de duración realizado a las 7:10 del 19 de junio de 2009, diez minutos después de cometido el homicidio.

Pero los jueces subrogantes Rodolfo Bembihy Videla, Alejandro Fernández y Gustavo González, que el mes pasado juzgaron a Pérez, consideraron que dichos indicios no eran suficientes para endilgarle al enjuiciado la autoría intelectual del hecho. Finalmente los tres jueces absolvieron a Pérez “por el beneficio de la duda”, figura que se aplica cuando las pruebas no son lo suficientemente contundentes como para condenar a una persona.